Rechazo de mercancía importada: PROSEC

Rechazo de mercancía importada: PROSEC

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 .  (Foto: IDC online)

Al amparo de nuestro Programa de Promoción Sectorial (Prosec) importamos definitivamente insumos para la industria automotriz, pero éstos resultaron distintos a los requeridos, por lo cual pretendemos devolverlos a nuestro proveedor en el extranjero para su sustitución y retorno posterior. Ahora bien, al haberlos importado con un arancel menor, ¿debemos notificar a las autoridades aduaneras de la devolución

Aun cuando los programas Prosec otorgan beneficios arancelarios de pagar el impuesto general de importación (IGI) a una tasa menor a la general, no se tiene obligación alguna de avisar a las autoridades aduaneras sobre los rechazos de dichos bienes.

Por lo tanto, únicamente le sugerimos girar las instrucciones precisas al agente aduanal, respecto al tratamiento aduanero que pretende dar a las mercancías; es decir, retornarlas al extranjero para su sustitución, considerando que cuenta con un plazo de seis meses para regresarlas al país ?contados desde el retorno de las sustitutas?, y por las cuales únicamente pagará las diferencias cuando se cause un IGI mayor al de las retornadas.