Acuse electrónico de pedimentos

Acuse electrónico de pedimentos

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 .  (Foto: IDC online)

¿Podríamos tener algún problema con ello

El Anexo 22 de las RCGCE 2006, dispone que el pedimento debe contener el acuse electrónico de validación del mismo, toda vez que con éste se comprueba que la autoridad aduanera recibió electrónicamente la información transmitida para procesar el pedimento.

Ahora bien, dicho acuse es muy importante y debe estar impreso en todos los tantos del pedimento (correspondiente a la aduana, agente aduanal, transportista e importador); por lo tanto, sería conveniente acudir con el agente aduanal y verificar por qué el acuse no se encuentra en su copia, o en su caso, solicitar copia certificada del mismo a la Administración Central de Contabilidad y Glosa de la Administración General de Aduanas, para futuras aclaraciones ante las autoridades aduaneras.