Aviso de cambio de domicilio fiscal

Aviso de cambio de domicilio fiscal

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 .  (Foto: IDC online)

¿Se requiere hacer algún trámite ante dicho padrón, o basta con que hagamos el cambio de domicilio cuando importemos ante nuestro agente aduanal

 No existe una obligación de notificar el cambio de domicilio fiscal, por lo que bastará con haber presentado el aviso de cambio de domicilio fiscal a la Administración Local de Recaudación correspondiente dentro del mes siguiente al día en que tenga lugar el hecho (Art. 20 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación).

Ahora bien, en el caso de tener autorizado a su agente aduanal pero no tiene contemplado hacer operaciones, sería conveniente que le notificara por escrito sobre el cambio y le anexe copia del aviso presentado ante las autoridades fiscales, a efecto de su consideración en la elaboración de los pedimentos futuros y sobre todo, para que dichos documentos sean integrados al expediente que el agente aduanal tiene de las operaciones de comercio exterior realizadas por su empresa.

Lo anterior, independientemente de que cada vez que encomiende una importación o exportación al agente aduanal, le dé los datos respectivos de la empresa (entre ellos, el domicilio fiscal actual) y operación.