¿Pama en exportaciones?

¿Pama en exportaciones?

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 .  (Foto: IDC online)

Tenemos conocimiento que dicho procedimiento sólo aplica a las importaciones, ¿es esto cierto

De conformidad con los artículos 150 y 151 de la Ley Aduanera (LA), tanto el Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA) como el embargo precautorio de las mercancías, puede aplicarse a las importaciones o exportaciones de las mismas por las que no se hubiere presentado el documento con el que se acredite el cumplimiento de las regulaciones o restricciones no arancelarias.

Por lo tanto, resulta correcta la forma de proceder de la autoridad.