Sello de reconocimiento aduanero

Sello de reconocimiento aduanero

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 .  (Foto: IDC online)

A través del agente aduanal se introdujeron mercancías extranjeras a depósito fiscal. Al realizar la primera extracción, nos dimos cuenta que el pedimento correspondiente no tiene el sello de reconocimiento aduanero, por lo que nos surge la duda de ¿si debe tenerlo impreso o no

En el caso de extracciones de mercancías de depósito fiscal, se efectúa la validación de la información relativa a la operación; el pago de las contribuciones correspondientes en términos del artículo 120 de la Ley Aduanera; así como del mecanismo de selección automatizado y reconocimiento aduanero.

Por ende, al presentar las mercancías para su reconocimiento, el pedimento debe contener la impresión del resultado obtenido en el mismo (reconocimiento aduanero o desaduanamiento libre).