Devolución del IGI

Devolución del IGI

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 .  (Foto: IDC online)

En marzo de este año importamos en forma definitiva diversos insumos para la producción de mercancías originarias de Indonesia y Estados Unidos de América, las cuales fueron enajenadas y exportadas a Brasil a finales de julio; por lo tanto queremos saber si ¿podemos recuperar el impuesto general de importación de todo lo pagado en la aduana, o sólo de los insumos originarios del TLCAN

Tanto en el caso de los insumos originarios como no originarias del TLCAN que se transformen y exporten a países distintos de esa región, se podrá recuperar el 100% de los impuestos pagados, ello de conformidad con los artículos 1o y 3o del ?Decreto que establece la devolución de impuestos de importación a los exportadores? (Draw Back).

Por ello le sugerimos hacer la solicitud de devolución ante la Secretaría de Economía dentro de los 90 días posteriores a la exportación de las mercancías, en el entendido de que la importación de los bienes de los que se va a solicitar la devolución se hubiere realizado dentro de los 12 meses anteriores.