Documentación aduanera

Documentación aduanera

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 .  (Foto: IDC online)

Considerando que podríamos ser objeto de revisión por parte de las autoridades aduaneras, hemos solicitado al personal encargado de llevar la documentación de esas compras nos envíen los pedimentos de dichas mercancías, pero ellos señalan que éstos deben permanecer en el domicilio fiscal de acuerdo con las disposiciones fiscales, ¿es correcto

Aun cuando el artículo 28, fracción III del CFF establece que la contabilidad debe llevarse en el domicilio fiscal de la empresa, el penúltimo párrafo del artículo 30 del mismo ordenamiento dispone que los contribuyentes que posean establecimientos o sucursales deberán tener a disposición de las autoridades fiscales en dichos lugares, los comprobantes que amparen la legal posesión o propiedad de las mercancías que allí tengan.
Por lo tanto, es conveniente que les envíen para su conservación copia simple de los pedimentos correspondientes a las mercancías que mantienen en dicho establecimiento, a efecto de acreditar en el caso de una revisión, la legal estancia de las mismas.