Multas procedentes en los pedimentos

Multas procedentes en los pedimentos

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 .  (Foto: IDC online)

En diversos pedimentos que amparan la importación definitiva de mercancías efectuadas el año pasado, se detectó que contienen datos incorrectos por haber declarado gastos de fletes que realizó por su cuenta el proveedor en el extranjero para transportar las mercancías a la aduana mexicana, si efectuamos la corrección de los pedimentos ¿estaríamos libres del pago de multas impuestas por las autoridades

El pago de multas por infracciones aduaneras únicamente procede cuando las autoridades lo detectan dentro de sus facultades de comprobación; por ende, al autocorregirse el contribuyente estaría exento de éstas, por lo anterior les sugerimos acudir con su agente aduanal para que efectué la corrección de los datos a través de la rectificación de los pedimentos.

Ahora bien, al haber declarado en el pedimento cantidades en demasía por el transporte efectuado y pagado por el proveedor, es muy probable que se tengan cantidades de impuestos pagadas en exceso, toda vez que dichos gastos forman parte del valor en aduana de las mercancías como incrementables, en términos de los artículos 64 y 65 de la Ley Aduanera, por lo cual, de ser así podrá recuperarlos como pagos de lo indebido o solicitar su compensación, según se trate.