Obligación aduaneras de transportista

Obligación aduaneras de transportista

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 .  (Foto: IDC online)

De conformidad con el artículo 53 de la LA, los propietarios o empresarios de medios de transporte público de mercancías en tránsito únicamente serán responsables solidarios del pago de impuestos al comercio exterior y de más contribuciones, así como de las cuotas compensatorias, cuando no cuenten con la documentación que acredite la legal estancia en el país de las mercancías que transportan.

Aunado a lo anterior, cabe recordar que de conformidad con los artículos 146 de la LA y 29-B del Código Fiscal de la Federación, entre otros, es una obligación de quienes transporten mercancías de procedencia extranjera, contar con la documentación que acredite la legal estancia de los bienes.