Pedimento de exportación

Pedimento de exportación

.
 .  (Foto: IDC online)

Cuando se realizan las ventas, éstas pueden ser hasta a tres clientes distintos y en cantidades diversas, a quienes les expedimos las facturas correspondientes que amparan la operación de exportación de un sólo pedimento, ¿debemos efectuar la rectificación del pedimento y gestionar uno para cada cliente

De conformidad con el artículo (Art.) 89 de la Ley Aduanera (LA), se pueden modificar los datos contenidos en los pedimentos (salvo las excepciones establecidas), lo que no podría hacer, es solicitar al agente aduanal la rectificación de un pedimento para originar otros a partir de éste.

Asimismo, en el penúltimo párrafo de dicho ordenamiento se prevé la modificación del valor de las mercancías declaradas en el pedimento de exportación, cuando éste se conozca posteriormente con motivo de su enajenación, por lo tanto al haber emitido las facturas por las ventas realizadas al extranjero con posterioridad a la exportación de las mercancías, le sugerimos revisar que el total de los valores de las facturas coincidan con el valor declarado en el pedimento de exportación, según se trate; de no coincidir, le recomendamos solicitar al agente aduanal la rectificación del pedimento respectivo, a efecto de corregir el valor comercial de las mercancías (Art. 89 de la LA).

De no proceder de la manera citada habría un impacto en el cálculo del ISR ya que los valores de exportación no
coincidirían.