Rectificación de pedimentos

Rectificación de pedimentos

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 .  (Foto: IDC online)

La rectificación de pedimentos para corregir la cantidad de mercancías exportadas definitivamente, sólo procederá para aquellas Pitex con autorización de empresa certificada; siendo este el caso, la rectificación del pedimento deberá realizarse dentro de los tres meses siguientes a aquel en que se realizó el despacho de las mercancías, y siempre que las autoridades aduaneras no hubieren iniciado sus facultades de comprobación, ello de conformidad con la regla 2.8.3. numeral 33 de las Reglas de Carácter General de Comercio Exterior para 2006

 En caso contrario, le sugerimos solicitar a la autoridad aduanera autorización para rectificar dicho pedimento, para lo cual deberá presentar la documentación comprobatoria de que efectivamente exportó una cantidad mayor a la declarada en el pedimento.