Rectificación del pedimento por errores

Rectificación del pedimento por errores

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 .  (Foto: IDC online)

Al solicitarle la corrección del documento, nos dice que no se puede realizar dicha rectificación a la baja porque se estaría incurriendo en falsedad de datos. ¿Es correcta la apreciación del agente aduanal y en su caso qué podríamos hacer para solucionar el  problema


De conformidad con el artículo 89 de la Ley Aduanera (LA), no se podrá modificar del pedimento, entre otros, las unidades de medida, número de piezas, volumen y otros datos que permitan cuantificar las mercancías.

Ahora bien, conforme a las disposiciones aduaneras, no podrá ser objeto de rectificación el pedimento por las piezas declaradas en demasía; por lo que le sugerimos solicitar autorización a la Administración General Jurídica, debiendo presentar toda la documentación en la que se pueda comprobar que se trató de un error del agente aduanal.