El ID o clave de identificación fiscal de los contribuyentes es el número utilizado en el país al que pertenece el proveedor para identificarlo en el pago de sus impuestos (regla 2.12.2., rubro D de las Reglas de Carácter General en materia de Comercio Exterior para 2007 –RCGCE 2007–); por ejemplo, en el caso de los Estados Unidos de América éste suele ser el número de identificación fiscal o de seguridad social.
Conforme a las disposiciones aduaneras, tener este dato es muy importante, pues debe incluirse en el pedimento de importación de las mercancías, de omitirlo se incurriría en una infracción aduanera cuya sanción es de $ 710.00 a $1,419.00, por documento; por lo cual le sugerimos revisar dichos pedimentos y en el caso de que no se encuentren, entonces obtenerlos con el proveedor (artículos 184, fracción XIII y 185, fracción XII de la Ley Aduanera –LA–).
En caso de no tener ese dato y recibir una visita domiciliaria, la multa citada se aplicaría por documento carente de dicha información.