Importaciones a región fronteriza

Importaciones a región fronteriza

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 .  (Foto: IDC online)

Se tiene entendido que a partir del 2007 las importaciones realizadas a región fronteriza están exentas del pago del IVA, ¿podrían confirmarnos dicho criterio

Efectivamente, el pasado 4 de diciembre de 2006 se publicó el nuevo Reglamento de la LIVA, el cual establece en el artículo 51, la exención del pago del IVA en las importaciones de mercancías a dicha región, pero de aquéllas que realicen los habitantes de la misma para su consumo, es decir a personas físicas (referidas en el artículo 61, fracción VIII de la Ley Aduanera

Ahora bien, sólo en dicho caso se está exento del pago del impuesto; de lo contrario, deberá cubrir la tasa del 10% aplicable a dicha región (artículo 2o de la LIVA).