Hoja de cálculo ¿obligatoria?

Basta con entregar la manifestación de valor a su agente aduanal para determinar el valor en aduanas de su mercancía a importar

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 .  (Foto: IDC online)

Recientemente nos constituimos como comercializadora y vamos a realizar importaciones, para lo cual ya contamos con el padrón de importadores y tenemos dado de alta al agente aduanal que realizará tales operaciones. Para la primera operación nos pide que le entreguemos, entre otros, una manifestación de valor y la hoja de cálculo correspondiente para determinar el valor en aduana de las mercancías; respecto a la manifestación no tenemos ningún problema, pero de la hoja, el asesor de la empresa nos señala que no debemos entregarla, podrían apoyarnos al respecto.

Efectivamente, ambos documentos contienen información para determinar el valor en aduana de las mercancías a importar; empero, la manifestación de valor (la cual se elabora en escrito libre, cuyo instructivo de llenado está contenido en el Anexo 5 de las RCGCE 2008) es un documento obligatorio que debe exhibirse al agente aduanal, pero no así la Hoja de Cálculo (se presenta en formato oficial), toda vez que ésta la entrega a la autoridad aduanera, en caso de requerírsela.

En este tenor, bastará con entregar la manifestación a su agente aduanal, a efecto de que determine el valor en aduanas de sus mercancías a importar; y elaborar y conservar las hojas de cálculo para cuando las requiera la autoridad (artículo 59, fracción III de la LA y regla 2.11.1., y Anexo 1 de las RCGCE 2008).