Retorno de bienes para su reparación

Retorno de bienes para su reparación

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 .  (Foto: IDC online)

Contamoscon un programa IMMEX e importamos temporalmente un equipo para su uso en los procesosproductivos, pero debido a una falla eléctrica se averió y se requiere enviarloal extranjero para su reparación. Para su salida del país, ¿debemosnecesariamente mandarlo como un retorno y después importarlo temporalmente?

No, elequipo importado temporalmente que requiera enviarse al extranjero para sureparación ?podrá salir del país bajo el régimen de exportación temporal?, ypermanecer por un plazo de hasta dos años para su posterior retorno, clave depedimento BO (Exportación temporal para reparación o sustitución de mercancíasque habían sido previamente importadas temporalmente por empresas con programaIMMEX y su retorno al país).

Alregresar el equipo sólo se deberán pagar las contribuciones al comercioexterior correspondientes al valor de los bienes incorporados, así como elprecio de los servicios prestados en el extranjero para su reparación.

En cuantoal IVA por el retorno, la operación estará exenta al tratarse de un retorno deuna exportación temporal (regla 3.3.25. de las RCGCE 2007 y su Apéndice 2 delAnexo 22, y artículos 117 de la Ley Aduanera y 25, fracción I de la Ley del Impuesto al ValorAgregado).