Reversa aduanera IMMEX

Por devolución de mercancías enajenadas a extranjeros y entregadas a una IMMEX se deberá solicitar el desistimiento del régimen aduanero

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 .  (Foto: IDC online)

Somos una compañía sin programa alguno y en días pasados vendimos mercancías a un cliente en el extranjero, las cuales le entregamos a su filial con programa IMMEX localizada en Guadalajara. Ahora el cliente nos comunica que éstas no cumplen con las condiciones establecidas y va a devolvérnoslas, en el entendido de que por esa enajenación facturamos a tasa 0% del IVA y contamos con un pedimento de exportación virtual que así lo avala. ¿Qué debemos hacer para cancelar la operación de exportación a la que sujetamos las mercancías para facturar con ese beneficio?

La devolución de bienes enajenados a residentes en el extranjero entregados a empresas IMMEX con pedimentos por operaciones virtuales de exportación o retorno y de importación temporal, por las que se aplicó tasa 0% del IVA, obliga a reestructurar la operación y para ello tendrá que atender a lo siguiente, según se trate:

  • enajenante: tramitar un pedimento de desistimiento del régimen de exportación definitiva (clave K1), y anexar copia del documento, en su caso, con que se acredite el reintegro del
    • IVA, cuando hubiere obtenido la devolución o efectuado el acreditamiento de los saldos a favor declarados por la exportación
    • impuesto general de importación en los términos del Decreto que establece la devolución de impuestos a la importación a los exportadores (Draw Back)
  • IMMEX que devuelve las mercancías, tramitar el respectivo pedimento desistimiento del régimen de importación temporal o de depósito fiscal (clave K1)

Ambos pedimentos deberán tramitarse en la misma fecha sin que se requiera la presentación física de las mercancías, y en el caso del pedimento de desistimiento del régimen de importación temporal, se asentará el número, fecha y clave del correspondiente al desistimiento del régimen de exportación definitiva por parte del proveedor nacional que recibe la devolución de las mismas (regla 5.2.9. de las RCGCE 2007).