Plazo de retorno de desperdicios

Los desperdicios permanecerán 18 meses en territorio nacional, después de dicho plazo deberán retornarse o cambiar de régimen

.
 .  (Foto: IDC online)

Desde hace un par de meses la Secretar?de Econom?nos autoriz? programa IMMEX, el cual ya estamos operando. De los procesos productivos a que sujetamos las l?nas de metal importadas temporalmente se est?generando casi un 10% de desperdicios (pedacer?; sabemos que debemos regresarlos al extranjero o cambiarlos de r?men, ¿cu?es el fundamento legal que dispone el plazo de retorno de los desperdicios?

No existe un fundamento legal que regule expresamente el plazo de retorno de los desperdicios generados a partir de los insumos importados temporalmente por las empresas IMMEX.

No obstante, conforme al art?lo 109 de la Ley Aduanera (LA), los desperdicios tendr?el mismo tratamiento que las mercanc? importadas temporalmente de donde resultaron, esto es, 18 meses de permanencia en territorio nacional.

Por lo anterior, se deber?ener en cuenta la fecha del pedimento de importaci?emporal con el que se introdujeron las mercanc? al pa? y retornarlas o cambiarlas de r?men dentro del mismo, pues de excederse de ?e, se considerar?ue se encuentran ilegalmente al haber vencido su plazo de permanencia en territorio nacional (art?lo 108 de la LA).