Retorno de residuos peligrosos

Si pretende retornar residuos peligrosos, verifique su clasificación arancelaria a fin de saber si requiere permiso previo de exportación

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 .  (Foto: IDC online)

A finales de septiembre del a?asado importamos temporalmente con el programa IMMEX diversas resinas de silicona para la elaboraci?e art?los el?ricos. Del proceso productivo de ?os se generaron desperdicios, mismos que nos pide el proveedor extranjero se los regresemos. Para el retorno ¿podr? considerarse residuos peligrosos y por lo tanto estar sujetos a permiso previo de exportaci?/strong>

La Ley General del Equilibrio Ecol?o y la Protecci?mbiente (art?lo 3, fracci?XXII) define los residuos peligrosos como todos aqu?os que, en cualquier estado f?co, y que por sus caracter?icas corrosivas, reactivas, explosivas, t?as, inflamables o biol?o-infecciosas, representen un peligro para el equilibrio ecol?o o el ambiente.

Ahora bien, si ese fuera el caso tendr?que solicitarle al agente aduanal la clasificaci?rancelaria de tales residuos con el objeto de identificarla en el ?Acuerdo que establece la clasificaci? codificaci?e mercanc? cuya importaci? exportaci?st?ujeta a regulaci?or parte de la Secretar?de Medio Ambiente y Recursos Naturales?, documento por el cual se establecen arancelariamente, entre otros, aqu?os residuos peligrosos, por cuya salida del pa?se deber?seg?e trate:

  • presentar autorizaci?e exportaci?seg?orresponda, expedida por la Direcci?eneral de Gesti?ntegral de Materiales y Actividades Riesgosas
  • entregar un aviso de retorno de residuos peligrosos ante dicha dependencia
  • someterse a inspecci?/div>

En caso de no estar sujeta al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, s?se deber?ar instrucciones al agente aduanal de que se trata de un retorno de una importacion temporal IMMEX a efecto de que lo considere en el pedimento con la clave correspondiente (art?los 20 de la Ley de Comercio Exterior ?LCE? y 6o de dicho Acuerdo y Anexo 22 de las RCGCE 2008).