Error en el certificado ¿genera multa?

Qué hacer cuando la fracción arancelaria señalada en la factura y pedimento no coincide con la consignada en el certificado zoosanitario

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 .  (Foto: IDC online)

Al revisar las operaciones de comercio exterior del mes pasado, percibimos que un certificado zoosanitario presentado en la importación definitiva de mercancías de origen animal (materias primas de origen animal para elaboración de alimentos para animales acuáticos o alimentos completos para los mismos), tiene la fracción arancelaria equivocada, por lo tanto, no concuerda con la del pedimento. Aun cuando la descripción de la mercancía, tanto en la factura como en el certificado y el mismo pedimento coinciden, nos preocupa que la autoridad lo descubra; si así fuera ¿podría presumir un incumplimiento a las regulaciones no arancelarias?

Si bien es cierto que conforme el artículo 176, fracción II, de la LA, se considera que cometen infracciones relacionadas con la importación, quienes introduzcan, entre otros supuestos, mercancías sin cumplir con cualquiera de las regulaciones o restricciones no arancelarias, también lo es que de acuerdo con el planteamiento de su consulta, sí presentó el certificado zoosanitario al que estaba sujeta su mercancía al momento del despacho aduanero, y si bien contiene una fracción arancelaria errónea, ello no implica la omisión de tal obligación, en todo caso se estaría ante una infracción administrativa por entregar documentos con datos falsos o inexactos, cuya sanción sería una multa de $993.00 a $1,419.00 por documento (artículos 184, fracción III y 185, fracción II de la LA y Anexos 2 y 19 de las RCGCE).

No obstante, podría solicitar la corrección del certificado a la autoridad que lo emitió y conservarlo para que en el evento de una revisión lo presente para demostrar la existencia de un error en el documento, esto aunado a los demás documentos de identificación de la mercancía con los que cuente.