Error logístico ¿genera IVA?

Al haberse entregado la mercancía en el país, aun existiendo la factura del extranjero, la operación genera IVA

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 .  (Foto: IDC online)

Nuestro proveedor estadounidense nos informa que por equivocación mandaron a otro cliente mexicano nuestra mercancía, quien la importó a su nombre con su agente aduanal, distinto del que tenemos registrado, pero ya le ordenaron entregárnosla en la planta. Al contar con la factura extranjera y el certificado de origen TLCAN correspondiente, ¿tendríamos algún problema por recibirlas en México?

Dadas las circunstancias del caso no debería tener ningún problema, no obstante, se recomienda modificar, si lo hubiera, el contrato de compraventa para establecer que la entrega de los bienes será en México a través de la empresa importadora; o bien contar con un documento emitido por el extranjero donde se haga constar esa entrega, los cuales, en caso de una revisión, le ayudarán a acreditar que no se trata de mercancías de importación de su corporación.

Ahora bien, al haberse entregado los bienes en el país, e independientemente de estar amparadas con una factura extranjera, la operación tiene la naturaleza de una enajenación en territorio nacional, en consecuencia, está afecta al pago del impuesto al valor agregado ?IVA? (16% ó 11% si se trata de región fronteriza) con su respectiva retención (artículos 1o, 1o ? A, fracción III y 10 de la LIVA).

Respecto al certificado de origen, únicamente servirá como referencia del origen de las mercancías, más no así para recibir algún trato preferencial, pues quien hizo la importación fue el cliente de su proveedor.