Maquila ¿exclusiva de IMMEX?

Los servicios de maquila pueden ofrecerse por empresas que no aplican los beneficios IMMEX

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 .  (Foto: IDC online)

Desde hace varios años estamos maquilando artículos de carbón (escobetillas y sellos) a nuestra matriz en el extranjero; los insumos son de su propiedad y los importamos en forma definitiva, una vez transformados se los regresamos vía exportación definitiva, y sólo facturamos la prestación de servicios de maquila. Esta situación está generando dudas a las autoridades fiscales, pues en una revisión a la empresa, argumentaron primero, que no podemos maquilar sin programa IMMEX, segundo, que todos los pedimentos de exportación se consideran enajenaciones al extranjero, ¿es correcta la apreciación de la autoridad?

En primera instancia cabe aclarar que el Programa de la Industria Manufacturera y Maquiladora de Servicios de Exportación (IMMEX), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1o de noviembre de 2006, donde se fusionaron los anteriores Pitex y Maquiladoras de Exportación, ha sido implementado por el gobierno para fomentar y otorgar facilidades, así como beneficios (aduaneros y fiscales) a las empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de exportación al realizar procesos industriales o de servicios para la exportación de mercancías y para la prestación de servicios de exportación.

En segunda, no se trata de una obligación jurídica, sino de un instrumento de fomento a las exportaciones, el cual podrán operar las personas morales autorizadas por la Secretaría de Economía (SE), previa solicitud y cumplimiento de los requisitos establecidos al efecto, es decir, se trata de un mecanismo voluntario.

Por lo tanto, si la empresa que celebra un contrato de maquila con un extranjero no desea hacer uso del programa IMMEX y lo que implica él, no tiene la obligación de obtenerlo.

Ahora bien, para seguir operando el esquema de maquila se recomienda contar con el contrato de prestación de servicios con el extranjero obviamente firmado y declarar los ingresos por dichos conceptos.

Por otra parte, el pedimento de exportación le servirá para comprobar la salida del territorio nacional de los bienes maquilados en cumplimiento del compromiso celebrado con el extranjero, a efecto de desvirtuar que se está en presencia de una venta.