Número de pedimento ¿en etiqueta?

Tratándose de ventas de primera mano, el número del pedimento de importación se anota en la factura correspondiente no en la etiqueta

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 .  (Foto: IDC online)

Recientemente nos constituimos como comercializadora e importadora de accesorios genuinos de piel para su comercialización en el país para tiendas departamentales. Tenemos entendido que al tratarse de ventas de primera mano debemos anotar el número del pedimento en las facturas que expidamos una vez que empecemos a vender; respecto a ese dato, ¿debemos incluirlo también en la etiqueta comercial de las mercancías?

De acuerdo a la NOM-020-SCFI-1997, ?Información comercial- Etiquetado de cueros y pieles curtidas naturales y materiales sintéticos o artificiales con esa apariencia, calzado, marroquinería, así como los productos elaborados con dichos materiales?, no existe obligación de anotar los números de los pedimentos de importación en las etiquetas comerciales de esos productos; no obstante, de hacerlo considere que el dato podría ser utilizada de forma incorrecta por la competencia e indagar sobre proveedores, costos, etcétera.

Por otra parte, cabe aclarar que tratándose de ventas de primera mano de bienes importados a territorio nacional, no sólo deberá anotarse en la factura correspondiente el número del pedimento de importación, sino también la fecha del mismo y la aduana por donde se realice la operación (artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación).