Diamantes ¡sólo con permiso previo!

Si es importador o exportador de diamantes en bruto deberán solicitar ante la SE el permiso previo a la importación y exportación

.
 .  (Foto: IDC online)

Quienes requieran importar, exportar o sujetar a los regímenes de depósito fiscal; elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado y recinto fiscalizado estratégico, diamantes en bruto, comprendidos en las fracciones arancelarias 7102.10.01, 7102.21.01 y 7102.31.01, deberán solicitar ante la Secretaría de Economía el permiso previo a la importación y exportación mediante el procedimiento (formato, plazos, lugar a realizar el trámite) y requisitos (certificado del proceso kimberly, factura, etc.) establecidos para tal efecto. Vigencia: A partir del 17 de junio de 2008.

Fuente: Quinta Modificación al Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y Criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior (DOF del 16 de junio de 2008).