China: sinónimo de competencia desleal

China: sinónimo de competencia desleal

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 .  (Foto: IDC online)

Consideraciones comerciales en torno al ingreso del más agresivo de los tigres del sureste asiático a la Organización Mundial de Comercio.

La formalización del ingreso de China a la Organización Mundial de Comercio (OMC), anunciada en Ginebra, Suiza, en diciembre del año pasado, ha causado incertidumbre entre los productores nacionales de mercancías similares a las de producción china, por tratarse del país del sureste asiático al que más cuotas compensatorias le han sido impuestas por la Secretaría de Economía, por vender mercancías en condiciones de prácticas desleales al comercio internacional, en perjuicio de la industria nacional.

Para ejemplificar lo anterior basta reconocer que con calidad o no, lo cierto es que un producto hecho en China cuesta 50% menos que uno similar producido en el país; ante esta realidad resulta conveniente considerar las evidencias que muestran las prácticas desleales en las operaciones comerciales realizadas por China.

Para acreditar la presencia de competencia desleal, y por ende justificar la preocupación de la población productora del país por el ingreso de China a la OMC, resulta conveniente revisar los siguientes elementos.

Prácticas desleales de comercio internacional

Múltiples han sido las demandas de los productores de bienes nacionales sobre las prácticas desleales que realizan empresas productoras situadas en el extranjero al vender a importadores ubicados en territorio nacional mercancías a precios dumping, o en condiciones de subvenciones, y cuyos efectos causan o amenazan causar daño a la producción nacional de mercancías idénticas o similares de importación.

Al respecto, la legislación nacional contempla un sistema de defensa oportuna a la planta productiva nacional contra las prácticas desleales de comercio: importación de mercancías en condiciones de discriminación de precios (dumping) u objeto de subvenciones en su país de origen o procedencia, que causen o amenacen causar un daño a la producción nacional (artículo 28 de la Ley de Comercio Exterior (LCE)).

En este sentido y de acuerdo con la Organización Mundial de Comercio (OMC), en el ámbito mundial China es el país al que más cuotas compensatorias le han aplicado como medidas contra prácticas desleales de comercio.

Procedimiento administrativo

Para determinar la presencia de competencia desleal, la Secretaría de Economía, practica, sobre principios de equidad, transparencia y objetividad, en pro de una mayor seguridad jurídica en las operaciones comerciales, investigaciones antidumping (conforme al procedimiento administrativo previsto en dicha Ley y sus disposiciones reglamentarias), a efecto de determinar la existencia de discriminación de precios, subvenciones, o daño o amenaza de daño a la industria nacional (artículos 29 y 49 de la LCE).

Cuotas compensatorias

Si como resultado de la investigación se comprueba que la pérdida de ventas o la disminución de precios del productor nacional fueron causadas por el efecto del dumping o la subvención en las importaciones, la Secretaría de Economía determinará las cuotas compensatorias aplicables (artículos 62 y 63 de la LCE).

Actualmente México es el país que más cuotas compensatorias ha impuesto a productos chinos, mismas que oscilan entre un 2.58% hasta un 533%, dependiendo del daño (discriminación de precios o monto del beneficio), y conforme a la información de dicha Secretaría se tienen pendientes más de 1,300 casos de dumping con ese país asiático.

Competencia desleal

Como se observa, China no puede considerarse un mercado de competencia leal por el historial de prácticas desleales al comercio internacional en el que ha incurrido no sólo en México sino a nivel mundial, de ahí la incertidumbre de los productores ante el ingreso de China a la OMC, considerando que si aún con la toma de medidas necesarias para controlar esas importaciones persiste la proliferación de dichas prácticas, que se esperaría siendo China miembro activo de la OMC.

Ahora bien, bajo dicha incertidumbre, resulta conveniente señalar el papel que juega la OMC como ente regulador del comercio internacional, así como la posición comercial de México y China.

OMC, ente regulador del comercio internacional

Al encontrarse México en desventaja comercial con ese país asiático, ¿hasta qué punto se respetarán las cuotas compensatorias establecidas por la Secretaría de Economía a las importaciones bajo condiciones desleales originarias de China.

Para contestar esta interrogante, en principio debe reconocerse el carácter de la OMC como ente regulador del comercio internacional respecto a sus países miembros.

¿Qué es la OMC

La Organización Mundial de Comercio (OMC), es un organismo rector del comercio mundial (sustituyó a partir el 1o de enero de 1995, al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT)), bajo los siguientes principios:

  • implementar un sistema basado en normas justas, equitativo y más abierto,
  • liberalizar y suprimir progresivamente los obstáculos arancelarios y no arancelarios,
  • rechazar el proteccionismo,
  • suprimir el trato discriminatorio en las relaciones comerciales internacionales,
  • buscar la integración de los países en desarrollo, los países menos adelantados y las economías en transición en el sistema multilateral, y
  • obtener el máximo nivel de transparencia posible.

Actualmente, los 143 países miembros de la OMC, se han obligado a otorgar y recibir reciprocidad a la liberalización comercial.

México

México se adhirió al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) en 1986, y a partir del 1o de febrero de 1995 en la actual Organización Mundial de Comercio), al sustituirse éste (GATT por OMC).

China

No obstante que durante los años 80´s, China inició los trámites para ingresar al GATT (posteriormente OMC), es a partir de diciembre de 2001, cuando realmente se convierte oficialmente en el miembro 143 de dicha organización.

Negociaciones México y China

Como principal mecanismo para liberar el comercio, la OMC establece en el marco de las reglas del comercio internacional, entre otros, la suscripción de acuerdos particulares con todos y cada uno de los países miembros, como un requisito para que una nación pueda incorporarse a la misma.

Para cumplir con dicho requisito, China tuvo que iniciar negociaciones para suscribir un Acuerdo con México, el cual no fue fácil por las repercusiones comerciales que esto implica para nuestro país, mismo que concluyó en septiembre de 2001.

Dumping : introducción de mercancías al territorio nacional a un precio inferior a su valor normal.

Para la Secretaría de Economía, los resultados de las negociaciones de dicho Acuerdo son los siguientes:

  • México contará con mecanismos que permitirán a su industria fomentar la competitividad durante los próximos seis años,
  • después del período de seis años no se eliminarán las medidas antidumping impuestas por México en contra de China, en tanto continué la práctica desleal,
  • China abrirá su mercado a México con la aplicación de reducciones arancelarias y eliminación de barreras no arancelarias,
  • las medidas antidumping impuestas actualmente por México a productos chinos, no podrán ser discutidas ante un panel de solución de controversias de la OMC por un período de seis años, abarcando las medidas antidumping en vigor para más de 1300 productos chinos, entre ellos, textiles, vestido, calzado, químicos y juguetes, y
  • durante un período de transición de 15 años, China será considerada como economía de no mercado para la realización de nuevas investigaciones y revisiones de casos de dumping y subsidios.

Volviendo al cuestionamiento inicial: ¿hasta qué punto se respetarán las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones bajo condiciones desleales originarias de China Considerando los resultados de la negociación del Acuerdo, es de esperarse que al sujetarse China a las reglas de la OMC, puedan aplicarse los mecanismos para determinar las prácticas desleales y hacer cumplir las reglas de dicha Organización, tendientes a la liberación del comercio internacional sobre bases justas y equitativas.

Realidad de México ante China

No obstante la existencia de medidas para contrarrestar las prácticas desleales al comercio de productos chinos, así como de los resultados de las negociaciones concluidas entre ambas naciones, como un requisito de ingreso de China a la OMC, convendría revisar el estado que guardan las operaciones comerciales de nuestro país con ese tigre del sureste asiático.

Ventajas o desventajas comparativas

A pesar de que en el ámbito comercial y de inversión, México se había considerado como una nación privilegiada por la cercanía territorial con Estados Unidos de Norteamérica, uno de los mercados más grandes del mundo, y además socio comercial (TLCAN), lo que representaba una ventaja comparativa, aunado a la mano de obra barata y las facilidades administrativas y aduaneras para la instalación de Maquiladoras de Exportación, entre otros, esto ha cambiado: actualmente México ha perdido terreno en este campo por la competencia desleal que ha presentado China para posicionarse de grandes mercados.

Ahora bien, si ambas naciones cuentan con ventajas comparativas que explotar para obtener supremacía comercial, sería conveniente mostrar algunas de ellas, y precisar el estado actual que guardan, a efecto de ponderar el riesgo que corren las empresas nacionales así como las medidas a tomar por las autoridades competentes.

Mano de obra barata

Aún siendo una ventaja comparativa de ambos países, México no está en condiciones de competir en este rubro, considerando los salarios siguientes:


Trabajador Contraprestación
Chino Un dólar diario por jornada laboral de ocho horas
Mexicano Hasta tres dólares por hora en región fronteriza (Maquiladoras)


Al respecto el Gobierno Federal ha señalado que pondrá en marcha un programa de apoyo para incrementar la productividad y competitividad de las pequeñas y medianas empresas (PYMES), a efecto de elevar el nivel salarial de los trabajadores.

Calidad de los productos

Cabe apuntar, que la calidad de los bienes producidos en territorio nacional no ha sido objeto de duda, frente a los productos chinos, pues éstos si bien son mucho más económicos, son de poca o nula calidad, a tal extremo que se consideran desechables; en efecto, al no contar con un servicio de post-venta en caso de descompostura, resulta más barato comprar uno nuevo que mandarlo a reparar.

En este caso, aun con salarios bajos, la producción nacional cuenta con una mano de obra calificada.

Subvención: estimulos, incentivos, primas, subsidios o ayudas de cualquier clase otorgados por un gobierno extranjero, organismos públicos  o mixtos, entidades, directa o indirectamente, a los productores, transformadores, comercializadores o exportadores de mercancías.

Subsidios a la producción

Las autoridades en México han señalado que China incurre en prácticas desleales para atraer la inversión a su país, otorgando subsidios disfrazados a las empresas que se instalen en su territorio, lo cual recientemente ha dado margen a la salida de un número considerable de empresas Maquiladoras. No obstante que la Embajada de China en México ha negado dicha situación, será la OMC quien tenga que decidir sobre la existencia o no de subsidios, al ser China miembro activo de dicha Organización.

Al respecto, las Secretarías de Economía y de Hacienda han señalado que para erradicar dicha emigración, y hacer más atractiva la inversión sin tener que recurrir a prácticas similares, se integrarán al Programa de Promoción Sectorial (PROSEC) 200 fracciones con arancel cero, a efecto de que las Maquiladoras del ramo puedan importar un gran número de sus componentes y de productos terminados a dicha tasa, para evitar la salida, sobre todo a la industria Maquiladora electrónica, que hasta la fecha es la que más derrama tecnológica tiene.

Cercanía territorial

Definitivamente ésta fue una ventaja que México aprovechó en sus operaciones comerciales al considerarse un trampolín para llegar al mercado estadounidense (tal fue el desplazamiento de mercancías producidas por las empresas Maquiladoras al mercado final norteamericano), sin embargo, ya no resulta tan viable de explotar, pues actualmente los costos de transportación internacional han disminuido, y cada vez son más competitivos, lo cual ya no representa una barrera para la instalación de Maquiladoras en otras regiones como China u otros países que resulten atractivos para estas operaciones.

Opinión

Al ser China sinónimo de prácticas desleales al comercio internacional en contra de productos mexicanos, tendrá que modificar dicha competencia desleal con el acatamiento de las reglas de la OMC, y las negociaciones acordadas en el Acuerdo suscrito con México el año pasado; en caso de no hacerlo México podrá recurrir a los mecanismos de solución de controversias de dicha Organización.

No obstante el cumplimiento o incumplimiento de China, las autoridades mexicanas deberán llevar a cabo una reestructuración de las condiciones internas de mercado para mejorar la competitividad, ya que si China cuenta con salarios muy bajos, una alta productividad (con calidad o no), subsidios a exportaciones, beneficios a inversionistas, etc, (lo cual es atractivo para el mercado internacional), también lo es, la diferencia de las condiciones de ambos países.

En efecto, en México es sobresaliente el encarecimiento de bienes y servicios; como sucede en la región fronteriza, cuyos residentes prefieren consumir en nuestro vecino del norte, o el caso de las personas con ingresos mínimos en el resto de territorio nacional, quienes sólo pueden cubrir sus necesidades con bienes de menor costo, que por supuesto no son nacionales; otro caso es, el alto costo que representa la prestación del servicio de transportación de bienes en México.

Por ello, resulta necesaria la implementación de una política de precios que permita vender a precios competitivos tanto en mercado doméstico como internacional, así como fomentar una mayor proveeduría de insumos nacionales en pro de una eficiente sustitución de importaciones a efecto de no seguir dependiendo del extranjero en este sentido.

Aun cuando México cuenta con seis años para implementar programas de apoyo a la industria nacional en pro de la eficiencia productiva, conforme el Acuerdo con China, convendría que estas acciones se diera a conocer oportunamente a efecto de evitar un golpe mayor como la salida de las Maquiladoras.