Importe mercancías sin contratiempos

Anticipe los requerimientos para importar definitivamente mercancías extranjeras al país y evite molestias con la autoridad aduanera

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 .  (Foto: IDC online)

Es común que las empresas nacionales recurran al extranjero para el suministro de insumos, materias primas, partes o componentes, para complementar sus procesos productivos, o en su caso, bienes terminados para su comercialización en territorio nacional, dado los altos costos de éstos; o simplemente por no encontrarse en el mercado interno.

Adquirirlos en el extranjero no sólo implica una operación contractual de compraventa, sino una serie de requerimientos y formalidades para traerlos al país, por ello se presenta una guía a seguir para lograrlo sin caer en situaciones tales como: retrasar el despacho de la mercancía por falta de algún documento; omitir contribuciones al comercio exterior y demás que se generen, así como cuotas compensatorias o medidas de transición e incumplimiento de ciertas regulaciones no arancelarias.

No obstante la existencia de diferentes regímenes aduaneros, en el presente estudio se observarán las disposiciones relativas a la importación definitiva, pues las mercancías extranjeras se introducirán a territorio nacional para permanecer por tiempo ilimitado, es decir, no van a regresar al extranjero (artículos 90, fracción I, inciso A y 96 de la Ley Aduanera ?LA?).

Contratar el agente aduanal

Antes de cualquier trámite, es de vital importancia contratar los servicios de un agente aduanal, o en su defecto contar con un apoderado aduanal (personas físicas autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ?SHCP? mediante una patente y autorización, respectivamente), quien gestionará el despacho aduanero de las mercancías ante la aduana (artículos 35, 40 y 41 de la LA).

Agente aduanal como representante del importador

El agente aduanal está habilitado por la SHCP con una patente, para:

  • realizar las declaraciones a nombre de su cliente mediante un pedimento
  • clasificar la mercancía de conformidad con la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (LIGIE)
  • pagar por cuenta del importador, los impuestos y derechos correspondientes a la operación
  • cumplir con las regulaciones y restricciones no arancelarias y exigir al importador o exportador los documentos comprobatorios aplicables, en su caso
  • presentar las mercancías al despacho aduanero

El agente aduanal es solidariamente responsable ante las autoridades de la declaración que conste en el pedimento (artículos 35, 36 y 54 de la LA).

Contraprestación de servicios aduaneros

El monto de los honorarios de los servicios del despacho aduanero de las mercancías depende de lo pactado entre el importador y el agente aduanal (artículo 163, fracción V de la LA).

En la práctica, el monto del honorario varía según el criterio del agente aduanal, pues suelen cotizar en función al:

  • tráfico aduanero (marítimo el honorario normalmente es inferior al cobrado en transporte aéreo o terrestre)
  • bien (textiles y químicos se cotiza más el honorario por tratarse de bienes sensibles y de difícil identificación)
  • valor en aduana (a mayor valor más alto es el honorario), algunos incluyen en éste el monto de las contribuciones generadas

Forma de pago

La contraprestación a pagar por los servicios, se efectuará mediante transferencia bancaria o con cheque personal a la cuenta del agente aduanal registrada, quien facturará esos servicios, o en su caso, también podrán hacerlo las sociedades publicadas en la página de Internet www.aduanas.gob.mx, con las que el agente aduanal facilita la prestación de sus servicios (regla 1.3.11. de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2009 ?RCGCE?).

Elección del agente aduanal

La naturaleza de las operaciones y necesidades de la compañía deben definir la elección del representante idóneo para el despacho de las mercancías, para ello es importante considerar, entre otros elementos, que:

  • esté adscrito a la aduana por donde ingresarán las mercancías
  • tenga experiencia en la importación de mercancías idénticas o similares a las que se pretende importar
  • ofrezca comunicación directa con el importador antes y después de la operación 
  • cuente con el personal e infraestructura adecuada para operar

Seleccionar un agente aduanal calificado es de suma trascendencia. En relación con este tópico, se puede acudir a la página de Internet de la Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana (CAAAREM) o a las Asociaciones de agentes aduanales de la localidad donde esté el contribuyente.

Inscribirse al padrón de importadores

Para realizar la importación de mercancías, los contribuyentes deberán estar inscritos en el Padrón de Importadores (general) ante la SHCP (artículos 59, fracción IV de la LA, 71 al 70 de su Reglamento ?RLA? y la regla 2.2.1. de las RCGCE).

Quiénes pueden presentar el trámite

Las personas físicas y morales que lo deseen, podrán introducir mercancías extranjeras a territorio nacional, cuando:

  • cuenten con el Certificado de Firma Electrónica Avanzada (Fiel)
  • tengan su:
    • Registro Federal de Contribuyentes (RFC) activo
    • domicilio fiscal identificado como localizado en el RFC, o en proceso de verificación por parte de la Administración Local de Servicios al Contribuyente
  • estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales

Lugar a gestionar el registro

El trámite de inscripción al padrón deberá efectuarse vía Internet en la página www.aduanas.gob.mx, donde se llenará el formato electrónico denominado ?Solicitud de Inscripción al Padrón de Importadores?.

Plazo de respuesta

El desahogo de la solicitud de inscripción se da en un término no mayor a cinco días, contados a partir del día siguiente a su recepción, y se publica en la sección ?Consulta de resultados a trámites de padrones? en la dirección electrónica mencionada.

Padrón de importadores sectorial

Adicionalmente al Padrón general, está el Padrón de Importadores de Sectores Específicos, pero sólo es obligatorio para las personas inscritas en el Padrón general que pretendan importar las mercancías identificadas por fracción arancelaria en el Anexo 10 de las RCGCE, entre ellas se encuentran:

  • productos químicos
  • radiactivos y nucleares
  • precursores químicos y químicos esenciales
  • armas de fuego y sus partes, refacciones, accesorios y municiones
  • explosivos y material vinculados con ellos
  • sustancias químicas, materiales para usos pirotécnicos y artificios relacionados con el empleo de explosivos
  • armas blancas y accesorios
  • las demás armas y accesorios
  • explosores
  • máquinas, aparatos, dispositivos y artefactos, relacionados con armas

Vigencia del padrón

La vigencia del Padrón general es indefinida, y se suspenderá cuando se incurra en alguna causal señalada al efecto (supuestos del artículo 78 del RLA y regla 2.2.4. de las RCGCE), lo cual provocaría daños a la empresa al estar imposibilitada para importar.

Registrar al agente aduanal

El solicitante registrará electrónicamente ante la Administración General de Aduanas (AGA) a los agentes aduanales encomendados para realizar las operaciones de comercio exterior, por medio del formato electrónico denominado ?Encargo conferido al agente aduanal para realizar operaciones de comercio exterior o la revocación del mismo? (artículo 59, fracción III, segundo párrafo de la LA y la regla 2.6.17. de las RCGCE).

De ahí la importancia de primero contratar los servicios del agente aduanal, ya que el trámite podrá realizarse simultáneamente con el registro al Padrón de Importadores general.

Plazo para el alta

El plazo de respuesta es de dos días contados a partir del día siguiente a la recepción electrónica del trámite en la citada página de Internet.

Identificar la fracción arancelaria del producto

Tal como se había comentado, es obligación del agente aduanal clasificar arancelariamente las mercancías, para ello es menester entregarle toda la información referente a las mismas, esto es, la naturaleza, descripción, origen e insumos de elaboración (en el caso de manufacturas), o bien, por el grado de su elaboración o el uso otorgado a las mercancías.

Importancia de este acto

Una vez determinada la correcta clasificación arancelaria de las mercancías, se puede conocer anticipadamente de cada producto:

  • el arancel a pagar
  • requisitos y obligaciones aduaneras a cumplir para la importación

Identificar las regulaciones y restricciones no arancelarias

A través de la fracción arancelaria se podrán identificar las regulaciones y restricciones no arancelarias, cuya finalidad es: regular la entrada al país de productos usados, de desecho que puedan causar daño a la industria nacional, o bien para corregir temporalmente desequilibrios en la balanza de pagos (artículos 4o, fracción III y 16 de la Ley de Comercio Exterior ?LCE?).

Tales medidas regulatorias consisten en presentar diversos requisitos por diferentes dependencias, como pueden ser:

  • Secretaría de Economía:
    • certificado de cupo
    • permiso previo de importación definitiva
    • aviso automático
  • Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación:
    • certificado fitozoosanitario de importación
  • Secretaría de Salud:
    • autorización sanitaria previa de importación
    • aviso sanitario de importación
    • copia del registro sanitario para importación
    • requisitos de etiquetado a la importación
    • aviso previo de importación
  • Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales:
    • autorización de importación de mercancías
    • requisitos técnico-fitosanitarios de importación e inspección ocular de productos forestales y madera
    • certificado de importación de especies, productos y subproductos de flora y fauna silvestres
    • inspección ocular en el punto de entrada al país de productos y subproductos forestales
  • Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas (CICOPLAFEST):
    • autorización, guía ecológica o regulaciones
  • Secretaría de la Defensa Nacional:
    • autorización para la importación de armas, municiones y materiales explosivos
  • Secretaría de Educación Pública:
    • autorización para importación
  • Secretaría de Energía:
    • autorización para importación

Para identificar las regulaciones y restricciones no arancelarias impuestas a los productos de importación definitiva, se deberán consultar las fracciones arancelarias de los mismos en los diversos acuerdos emitidos por las Secretarías de Estado, información que podrá proporcionar el agente aduanal, y ser el contribuyente quien lo gestione ante la dependencia competente.

Preparar la documentación

Para solicitar la importación es necesario presentar la documentación correspondiente de la operación, que se traduce en:

  • factura comercial que reúna los requisitos y datos establecidos para ello, cuando el valor en aduana de las mercancías se determine conforme al valor de transacción y sea superior a 300 dólares (artículo 36, fracción I de la LA y regla 2.6.1. de las RCGCE)
  • conocimiento de embarque en tráfico marítimo o guía en tráfico aéreo
  • documentos comprobatorios de:
    • las regulaciones y restricciones no arancelarias
    • origen de las mercancías
    • depósito en la cuenta aduanera de garantía, en el caso de mercancías sujetas a precios estimados por la SHCP
  • certificado de peso o volumen de las mercancías
  • información que permita el análisis, identificación y control de las mercancías susceptibles de ser identificadas individualmente
  • manifestación de valor en escrito libre y bajo protesta de decir verdad, que contemplará la información de los elementos necesarios para determinar el valor en aduana de las mercancías (artículos 36 y 59, fracción III de la LA y Anexo 5 de las RCGCE)

Ordenar la importación

Una vez identificados los requisitos y recopilada la información, se ordenará al agente aduanal la operación de comercio exterior. Se recomienda girar por escrito las instrucciones (carta de encomienda), y tener acuse de recibido del mismo.

En la carta se precisará el tipo de operación a realizar, y la relación de la documentación anexa.

Efectuar la importación

La importación se hará a través del agente aduanal, quién dará cumplimiento a las siguientes formalidades aduaneras.

Formular el pedimento de importación definitiva

El pedimento es un documento fiscal dinámico, se conforma por bloques de información específica en donde el agente aduanal declara, entre otra información: cantidad y tipo de mercancía; datos de la identificación de la mercancía; origen, valor y base gravable, además del cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias; aduana o sección aduanera de ingreso y despacho; operación; régimen aduanero, entre otros datos y documentos que deben adjuntarse. Los bloques se llenan según la información requerida y se imprime el documento. Además, en éste se determinan las contribuciones generadas de la importación definitiva de los bienes.

Cabe aclarar que no existen varios pedimentos, sino un solo modelo, que identificará la aplicación de los diferentes regímenes aduaneros (importación o exportación temporal o definitiva, tránsitos interno o internacional, depósito fiscal, etc.), de conformidad con el Apéndice 2 del Anexo 22 de las RCGCE, para el análisis en desarrollo es la clave A1 (artículo 36 de la LA y Anexo 22 de las RCGCE).

Determinar las contribuciones

Además de ser el pedimento una radiografía de la operación realizada, en éste también se determinan las contribuciones y cuotas compensatorias y demás conceptos a cubrir por la importación definitiva de las mercancías, consistentes en: 

IGI

La introducción de bienes extranjeros a territorio nacional, se encuentra gravada con un arancel, pudiendo ser: ad-valorem ?expresados en porcentajes?, específicos ?referidos en términos monetarios o por unidad de medida?, o mixtos ?combinación de ambos? (artículo 12 de la LCE).

Los aranceles varían no sólo por el tipo de mercancía, sino también por el origen de la misma (artículo 14 de la LCE):

  • procedentes de países con los que no se tienen suscritos tratados de libre comercio:
    • arancel de la nación más favorecida (NMF) de la TIGIE, esto es, tasa general
  • originarias de países con tratado o acuerdo comercial (Asociación Latinoamericana de Integración ?ALADI?), se requiere contar con el certificado de origen:
    • arancel preferencial
  • importadas definitivamente al amparo de los Programas de Promoción Sectorial (Prosec), es forzoso con autorización de la Secretaría de Economía (SE):
    • tasa Prosec
  • Decretos para la importación a la franja o región fronteriza:
    • tasa de frontera 

IVA

Por la importación definitiva se pagará el impuesto al valor agregado (IVA), cuya tasa es del 11% en la franja o región fronteriza y 16% en el resto del territorio nacional (artículos 1o, fracción IV y 2o de la LIVA)

Están exentas las mercancías por las cuales no se esté sujeto al pago del impuesto por su enajenación en el país, o bien las señaladas en el artículo 2o-A de la LIVA, conforme el artículo 25, fracción III de esa Ley. 

IESPS

Cubrirán el impuesto especial sobre producción y servicios (IESPS), quienes importen en forma definitiva (artículos 1o y 2o, fracción I de la LIESPS):

  • bebidas con contenido alcohólico y cerveza
  • alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables
  • tabacos labrados
  • gasolina
  • diesel

ISAN

El pago del impuesto sobre automóviles nuevos (ISAN), aplicará a quienes importen en forma definitiva a territorio nacional automóviles nuevos (artículo 1o de la LISAN).  

Otros conceptos aplicables

Adicionalmente al pago de los impuestos anteriores, según sea el caso, por las mercancías importadas definitivamente se cubrirán los siguientes conceptos, según se trate:

Cuotas compensatorias

Tratándose de bienes que se introduzcan a territorio nacional en condiciones de prácticas desleales al comercio exterior (discriminación de precios ?precios por abajo de su costo? o subvenciones ?estímulos fiscales otorgados a productos de exportación?), se cubrirán las cuotas compensatorias aplicables conforme el Anexo 2.5.1. ?Aviso por el que se dan a conocer las fracciones arancelarias de la tarifa de la LIGIE, en las cuales se clasifican las mercancías cuya importación esta sujeta al pago de cuotas compensatorias? (artículos 28 y 63 de la LCE).

Medidas de transición

Este aprovechamiento se implementó a partir del 15 de octubre de 2008 a diversos bienes originarios de China cuyas cuotas compensatorias quedaron revocadas y en su lugar se tomaron estas medidas de transición de eliminación gradual, cuya vigencia concluirá a más tardar el 11 de diciembre de 2011 (Decreto Promulgatorio del Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Popular China en materia de Medidas de Remedio Comercial, Diario Oficial de la Federación del 13 de octubre de 2008).

Derecho de Trámite Aduanero

Por concepto de Derecho de Trámite Aduanero (DTA) ?servicio proporcionado por la aduana? se cubrirá el 8 al millar sobre el valor de los bienes para efectos del IGI, en las importaciones definitivas (artículo 49, fracción I de la Ley Federal de Derechos).

Se estará exento del pago del DTA en las importaciones definitivas de mercancías, procedentes y originarias de los Estados Unidos de América o Canadá; Costa Rica; Chile; Colombia; El Salvador, Guatemala y Honduras; Bolivia y Nicaragua (regla 5.1.3. de las RCGCE).

Tratándose de la importación definitiva bajo trato arancelario preferencial de mercancías originarias de Israel, la Comunidad Económica Europea y Asociación Europea de Libre Comercio, se podrá pagar el DTA previsto en el artículo 49, fracción IV, primer párrafo de la LFD, esto es, $223.00 (regla 5.1.4. de las RCGCE).

Prevalidación electrónica de datos de pedimentos

Como contraprestación por el servicio de prevalidación electrónica de datos del pedimento realizado por las confederaciones de agentes aduanales, asociaciones nacionales de empresas que utilicen los servicios de apoderados aduanales, así como cámaras empresariales, se pagará $140.00 conjuntamente con el IVA ?$162.00? (artículo 16-A de la LA y regla 1.3.7. de las RCGCE).

Pagar las contribuciones

El pago de tales conceptos se efectúa mediante cheque personal de la cuenta del importador, agente aduanal o, en su caso, de la sociedad creada por los agentes aduanales para facilitar la prestación de sus servicios, en los módulos bancarios o sucursales bancarias habilitadas o autorizadas o mediante el servicio de ?Pago Electrónico Centralizado Aduanero? ?PECA? (regla 1.3.1. de las RCGCE).

Presentar las mercancías al despacho aduanero

El agente aduanal presentará ante la aduana las mercancías junto con la documentación para su despacho, para su desaduanamiento.

Recomendaciones finales

Conocer anticipadamente los procesos a seguir para ingresar al país las mercancías extranjeras no sólo le evitará inconvenientes con el fisco, sino asegurará su arribo a tiempo para cumplir con las obligaciones comerciales o de procesos productivos de la empresa.

Por otra parte, se recomienda considerar lo siguiente:

  • deducir del impuesto sobre la renta las compras de importación (artículo 31, fracción XV de la Ley del Impuesto sobre la Renta)
  • llevar los sistemas de control de inventarios en forma automatizada, manteniendo en todo momento el registro actualizado de los datos de control de las mercancías de comercio exterior (artículo 59, fracción I de la LA)
  • obtener la información, documentación y otros medios de prueba necesarios para comprobar el país de origen y procedencia de las mercancías, ya sea para efectos de las preferencias arancelarias, marcado de país de origen, aplicación de cuotas compensatorias, cupos y otras medidas, y entregarla a la autoridad aduanera, cuando ésta la requiera (artículo 59, fracción II de la LA).
  • conservar la documentación de las operaciones de comercio exterior durante el plazo de  cinco años (artículo 30 del Código Fiscal de la Federación)
  • integrar los expedientes de comercio exterior, y compulsar las operaciones contra los pedimentos y demás documentación relativa a la importación; en caso de detectar incongruencias o errores, hacer las correcciones pertinentes