15va modificación a reglas y criterios

Modifican las reglas y criterios en el caso del azúcar que tendrá que solicitar la opinión de la SE para su exportación temporal

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 .  (Foto: IDC online)

Hoy se public? el Diario Oficial de la Federaci?l Acuerdo por el que la Secretar?de Econom?emite reglas y criterios de car?er general en materia de Comercio Exterior , estipulando que los efectos del art?lo 116, fracci?V de la Ley Aduanera, en el caso del az? identificada en las fracciones arancelarias 1701.11.01, 1701.11.02, 1701.11.03, 1701.12.01, 1701.12.02, 1701.12.03, 1701.99.01, 1701.99.02, 1701.99.99, 1806.10.01 y 2106.90.05, se deber?olicitar la opini?e la Secretar?de Econom?(SE) ante la ventanilla de atenci?l p?co de la representaci?ederal que le corresponda, o bien, en la Direcci?eneral de Comercio Exterior mediante escrito libre, que contenga:

  • destino de la exportaci?emporal
  • fracci?rancelaria de la mercanc?
  • cantidad y valor en d?es de los Estados Unidos de Am?ca
  • per?o que estar?uera del pa?
  • pa?de retorno, y
  • justificaci?e la petici?li>

Para emitir su opini?a SE tomar?n cuenta el abasto y tipo de az?. Dicha dependencia notificar?l interesado en un plazo no mayor a 10 d? h?les (regla 3.8.1.).