Informe trimestral de concesionados

Informe trimestral de concesionados

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 .  (Foto: IDC online)

Las personas autorizadas para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, deben presentar a más tardar el día 15 de julio en la Administración Central de Comercio Exterior adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, el informe trimestral de empresas concesionadas para manejar, custodiar y almacenar mercancías de comercio exterior (Art. 15 de la LA, y la regla 2.3.2 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2005 ?RCGCE 2005?).

Asimismo, anexo al informe deberá acompañarse:

  • el registro 15, Declaración informativa de aprovechamientos (dicha información deberá presentarse en medio magnético),
  • copia de la forma oficial 16 y de la 5 (Declaración general de pago de  productos y aprovechamientos y Declaración general de pago de derechos, respectivamente, de la contraprestación por los servicios), y
  • copia del dictamen fiscal de los importes a compensar.

Esta información podrá enviarse por correo certificado con acuse de recibo o por empresa de mensajería con acuse de recibo certificado.

En caso de no presentar dicho informe se incurrirá ante una infracción aduanera cuya sanción es de $40, 972 a $61,457 (Arts. 186, fracción XIV y 187, fracción XIV de LA).