Medidas impuestas al arroz blanco

Medidas impuestas al arroz blanco

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 .  (Foto: IDC online)

Recientemente la Organización Mundial de Comercio (OMC) emitió el informe final del Grupo Especial encargado de decidir la controversia entre los Estados Unidos de América (EUA) y México, respecto de las medidas antidumping impuestas a las importaciones estadounidenses de arroz blanco grano largo el 5 de junio de 2002, y de las reformas a la Ley de Comercio Exterior (LCE) publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2003.

En dicho documento se confirmaron las determinaciones previamente formuladas en el informe provisional publicado el 11 de marzo de 2005, y se concluyó que México actuó de manera incompatible con diversas disposiciones del Acuerdo Antidumping y del Acuerdo sobre Subvenciones, anulando o menoscabando las ventajas resultantes de esos Acuerdos para los EUA.

Por ende, la recomendación es que México ponga medidas de conformidad con dichas disposiciones; en este sentido y en defensa de los intereses de la producción nacional, impugnará el informe y presentará su apelación ante el Órgano de Solución de Diferencias, con la finalidad de que el Órgano de Apelación revierta el referido informe.

Asimismo, se reconoció que aun cuando la controversia tardará para concluirse, además de la etapa de apelación existe la posibilidad de que surjan diversos arbitrajes en la fase de cumplimiento. De esta forma, cuando se determine en definitiva que las medidas impugnadas por los EUA son incompatibles con los Acuerdos de la OMC, México cumpliría con las recomendaciones de la Organización.