Cuotas compensatorias 2008

No se eliminan las cuotas compensatorias para los productos chinos, sólo se revisan para determinar si deben o no desaparecer

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 .  (Foto: IDC online)

El 12 de diciembre de 2007 venció el plazo otorgado a México para mantener las cuotas compensatorias impuestas a los productos originarios de China ( por prácticas desleales al comercio internacional que dañan a la industria nacional).

PRODUCTO INVESTIGADO CUOTA COMPENSATORIA
Candados 181%
Velas 103%
Hilados y tejidos de fibras sintéticas y artificiales 312%
Bicicletas 144%
Herramientas 312%
Juguetes 2.58 a 351%
Máquinas, aparatos y material electrónico 129%
Prendas de vestir 533%
Químicos orgánicos 209%
Calzado 165 a 1,105%
Lápices 13%
Válvulas 125.96%
Cerraduras 236%
Carreolas y andaderas 21.72 y 105.84%
Furazolidona 117%
Encendedores de gas 0.1232 Dls

Fuente: Secretaría de Economía

Esto no significa que dichas cuotas estén eliminadas y que los bienes chinos se introducirán al país sin su pago (cuando sea el caso), sino que están en un proceso de revisión para determinar si su supresión tendría consecuencias para el mercado nacional y en consecuencia, determinar si deben o no desaparecer.

El que desaparezcan o no, dependerá de los argumentos y pruebas que presenten los industriales mexicanos para demostrar un daño a la industria nacional (artículo 70 de la Ley de Comercio Exterior ?LCE?).

El proceso de revisión de los bienes investigados se está haciendo conforme a las disposiciones contenidas en la LCE, las cuales son acordes a las de la Organización Mundial del Comercio (OMC), cuyos resultados se irán publicando en el Diario Oficial de la Federación (DOF) mediante resoluciones Antidumping de la Secretaría de Economía (SE), a través de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI).

Ahora bien, que pasará si China considera que su producto no perjudica al mercado mexicano y que por ende, las cuotas compensatorias deben eliminarse por representar barreras al comercio internacional; pues bien, tendrá que demandar a México ante dicha Organización para lo cual deberá contar con verdaderos argumentos que así lo demuestren.

Independientemente que se tendrán que acatar las reglas de la OMC en materia de prácticas desleales al comercio internacional, como un acto independiente de la revisión de cuotas compensatorias, ambas naciones firmaron un Memorándum de entendimiento para mejorar la relación comercial.

El instrumento obliga a China a eliminar, a partir del pasado 1o de enero, los programas de subsidios prohibidos que afecten el comercio e inversión con México y que contravienen los acuerdos de dicha Organización.