Certificados de origen, sin origen

Si cuenta con un certificado de origen y la mercancía no es realmente originaria del país que se exportó deberá rectificar el pedimento

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 .  (Foto: IDC online)

Como bien se sabe los certificados de origen elaborados al amparo del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) celebrado entre México, Canadá y los Estados Unidos de América, no requieren de validación oficial de alguna autoridad, únicamente se llenan en su totalidad por el exportador del bien cuando sea el productor del producto originario, y no siéndolo, con base en una declaración del productor donde se corrobore el origen del mismo.

De ahí la facilidad de expedir los certificados de origen sin contratiempo a la hora de exportar las mercancías a la región del TLCAN, con el objeto de que quien las importa pueda aplicar el beneficio arancelario preferencial.

No obstante, a pesar de tener el documento requerido para acreditar que el bien es originario de la región, puede suceder que el producto no lo fuera, pues se han dado casos donde algunos proveedores extranjeros están comercializando en México las mercancías adquiridas en otros países, y sin consideración alguna expiden un certificado para no perder el cliente.

Ahora bien, si por alguna razón se tiene conocimiento de que el certificado de origen contiene información incorrecta sobre el origen de los bienes importados con beneficio TLCAN, se deberá solicitar al agente aduanal la rectificación del pedimento y si se originan diferencias pagar las contribuciones, antes de que la autoridad inicie sus facultades de comprobación y aplique las sanciones correspondientes ?artículos 502(1) del TLCAN y 25 fracción V de la Resolución por la que se establecen las Reglas de Carácter General Relativas a la aplicación se las disposiciones en materia aduanera del TLCAN?.