Guía para importar carreolas

Impuestos a pagar, y regulaciones y restricciones no arancelarias a cumplir en la importación de este bien que sirve para pasear bebés

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 .  (Foto: IDC online)

La carriola es un accesorio para bebé que ha simplificado la vida de los padres desde hace tiempo, pues con ella puede desplazarse al infante a infinidad de lugares y realizar diversas actividades al servir de medio de transporte.

Para su importación definitiva se deberán pagar los impuestos: general de importación (IGI), según la tasa aplicable al país de origen, y al valor agregado (IVA), así como cumplir requisitos no arancelarios, tal como se muestra enseguida.

Generalidades

Producto a importar: Carriolas

Fracción arancelaria: 8715.00.01

Descripción: Coches, sillas y vehículos similares para transporte de niños

Unidad de medida: Pieza 

BLOQUE COMERCIAL PAÍS DE ORIGEN CONTRIBUCIONES REGULACIONES NO ARANCELARIAS
IGI IVA

América del Norte(TLCAN)

EUACanadá EXEX 10% en franja o región fronteriza y 15% en el resto del país
  • NOM-133/2-SCFI-1999, Productos infantiles-Funcionamiento de carriolas para la seguridad del infante-Especificaciones y métodos de prueba.
  • NOM-050-SCFI-2004, Información comercial-Etiquetado general de productos
  • NOM-144- SEMARNAT-2004, sólo si el embalaje de esta mercancía es de madera (esta Norma Oficial Mexicana trata de impedir la introducción de plagas y su diseminación en territorio nacional)
Triángulo del Norte El SalvadorGuatemalaHonduras EXEXEX
Centro América Costa RicaNicaragua EXEX
Grupo de los 3 (G-3) ColombiaVenezuela 1 EXEX
América del sur ChileUruguay Bolivia EXEXEX
Unión Europea Países miembros 2 EX
Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) IslandiaNoruegaSuiza EXEXEX
Medio Oriente  Israel  EX
Asiático  Japón  15% 
Países no socios comerciales (tasa general de la LIGIE)3 20% 
Aplicación de medidas transitorias
Si las carriolas son originarias de China aplicará una medida de transición de 55%, excepto cuando se trate de:
  • importaciones efectuadas con:
    • certificado de cupo expedido por la Secretaría de Economía
    • evaluación de producto exclusivo positiva vigente
  • coches, sillas y vehículos similares para transporte de niños gemelos
  • carriolas con las siguientes características:
    • mochila para cargar al bebé en la espalda (con dos ruedas)
    • multiusos que, además de ser carriola, cuentan con funciones de portabebé y autoasiento
    • de tres puntos de apoyo dados por tres ejes pero que pueden contar con tres o incluso cuatro llantas
    • de armazón (frame) de aluminio de tipo sombrilla o tipo no sombrilla

1 Con Venezuela dejó de operar a partir del 19 de noviembre de 2006

2 Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Suecia, Bulgaria y Rumania

3 La fracción tiene arancel cupo, tasa  exenta  a la importación si se presenta el certificado de cupo expedido por la SE

La información se encuentra actualizada al 14 de mayo de 2009; si se pretende efectuar la importación, se recomienda solicitar la opinión al agente aduanal, pues como perito en la materia es quien proporcionará la correcta clasificación arancelaria de los productos y corroborará la información a considerar en la fecha a realizar la operación.