Mercancías de difícil identificación

Sumario de Tesis publicadas durante 2009 respecto a las distintas problemáticas que surgen de las mercancías de difícil identificación

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 .  (Foto: IDC online)
Problemática que resuelve Rubro, jerarquía y
número
Sinopsis Fuente
La autoridad ¿puede imponer un crédito fiscal con base en un dictamen de laboratorio desconocido? Dictamen de laboratorio para establecer la naturaleza, características, clasificación arancelaria, origen y valor de las mercancías de importación y exportaciónCuando el actor en el juicio de nulidad niega conocerlo, la autoridad demandada tiene la obligación de probar su existencia.Tesis: IV.1o.A.92 La autoridad demandada en un juicio de nulidad por haber fincado un crédito fiscal basado en un dictamen de laboratorio (para establecer la naturaleza, características, clasificación arancelaria, origen y valor de las mercancías de importación de mercancías de comercio exterior) que desconocía el contribuyente, deberá demostrarle al mismo, los hechos que motivaron el crédito y así como la existencia del dictamen que sustenta su resolución, pues de no hacerlo, el contribuyente estará imposibilitado para impugnar el contenido del dictamen técnico en su defensa Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXIX. Novena Época, abril de 2009, pág. 1887  
¿La aduana puede apoyarse en terceras personas para levantar el acta de muestreo? Acta de muestreo de mercancías de difícil identificación El personal de la Unidad Técnica de Asesoría y Muestreo de una aduana, habilitado por la autoridad competente para intervenir materialmente en la toma de muestras, constituye aquel que las necesidades del servicio requiere, aun cuando carezca de un puesto o categoría específicos en la reglamentación de la materia.Tesis: II.1o.A.166 A El personal de la Unidad Técnica de Asesoría y Muestreo de una aduana podrá apoyar a la autoridad aduanera para la toma de muestras (extracción y resguardo), pero no podrá levantar el acta de muestreo Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXX. Novena Época, agosto de 2009. pág. 1521
¿Qué es un acta de muestreo, y cómo se levantan las muestras? Acta de muestreo de mercancías de difícil identificación Sus características y naturaleza. Tesis: II.1o.A.167 A El acta de muestreo levantada en el primer o segundo reconocimiento, es una medida provisional en la cual se hace costar la recolección de muestras de mercancías de difícil identificación para identificar, previos exámenes si se encuentra debidamente ubicada en la fracción arancelaria declarada, o le corresponde una distinta conforme a su composición cualitativa o cuantitativa, uso, proceso de obtención o características físicas.Las muestras extraídas (en tres ejemplares) y que constan en dicha acta se obtienen y guardan en sobres, bolsas o algún otro recipiente debidamente acondicionado y sellado. En tales recipientes se coloca o asenta el registro de los datos que permitan identificar el producto y operación de que se trate (número de muestra asignado, nombre de la mercancía, número de pedimento y la fracción arancelaria declarada), actividad en la que interviene personal de apoyo o auxilio para la extracción de las mismas Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXX. Novena Época, agosto de 2009. pág. 1524
La autoridad ¿deberá notificar al contribuyente la fecha en que hizo de su conocimiento el dictamen técnico de mercancías de difícil identificación? Acta de irregularidades de mercancías importadas de difícil identificación. Cuando el actor en el juicio contencioso administrativo afirme en su demanda que se le notificó fuera del plazo de cuatro meses, a partir de que la aduana recibió el dictamen sobre el análisis de las muestras de éstas, la demandada en su contestación debe referirse expresamente a esa aseveración y, en caso de que niegue los hechos, tiene la carga procesal de probar cuándo le fue entregado el referido dictamen, porque de no hacerlo, se considerará cierta la fecha precisada por aquél.Tesis: XVI.1o.A.T.34 A Cuando en un juicio contencioso administrativo el contribuyente afirme en su demanda que la autoridad no le notificó dentro del plazo de los cuatro meses siguientes el dictamen sobre el análisis de las muestras de las mercancías de difícil identificación, la autoridad deberá probar cuando le fue entregada al contribuyente la opinión técnica, en caso contrario, se tomará como cierta la fecha precisada por el contribuyente en dicho juicio Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXIX. Novena Época, junio de 2009, pág. 1041
¿Quién es la autoridad facultada para levantar el acta de muestreo? Acta de muestreo de mercancías de difícil identificación. La competencia del personal de la Unidad Técnica de Asesoría y Muestreo de una aduana para intervenir materialmente en la toma de muestras, no requiere de fundamentación expresa y directa.Tesis: II.1o.A.163 A El acta de muestreo de mercancías de difícil identificación formulada durante el reconocimiento aduanero, debe levantarse exclusivamente por                el administrador general de aduanas, administradores de las mismas u otros servidores públicos facultados legalmente para ello. No obstante, en la extracción y reguardo de las muestras puede intervenir personal de apoyo de la autoridad aduanera( Unidad Técnica de Asesoría y Muestreo de una aduana) Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXX. Novena Época, agosto de 2009, pág. 1523
El acta de hechos ¿debe contener los resultados de ambos reconocimientos aduaneros? Reconocimiento aduanero en la aduana señalada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante reglas generales.La circunstanciación del acta de irregularidades sólo se constriñe a los hechos detectados al practicarse aquél como resultado de la segunda activación del mecanismo de selección automatizado.Tesis: 2a./J. 68/2009 Si con motivo de la segunda activación del mecanismo de selección automatizada se determina el reconocimiento de las mercancías y la autoridad detecta alguna irregularidad, se levantará el acta en la que asentará los hechos y circunstancias que motivan el inicio del procedimiento, sin que sea requisito circunstanciar en la misma el resultado de la primera activación del mecanismo de selección automatizada Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXIX. Novena Época, mayo de 2009, pág. 258