Padrón de importadores sectorial

Conozca cuál es el procedimiento a seguir para inscribirse al Padrón de Importadores de Sectores Específicos

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 .  (Foto: IDC online)

La inscripción en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos de las mercancías descritas en el Anexo 10 de las RCGCE 2009 (productos químicos, radioactivos, sustancias químicas, materiales para usos pirotécnicos y artificios relacionados con el empleo de explosivos, etc.), deberá realizarse por los contribuyentes que las requieran:

  • importar de manera temporal o definitiva
  • destinarlas a los regímenes de:
    • recinto fiscalizado estratégico
    • depósito fiscal
    • de elaboración o reparación en recinto fiscalizado

Para poder inscribirse, es menester presentar la ?Solicitud de Inscripción al Padrón de Importadores de Sectores Específicos?, en forma personal o enviarla a través del servicio de mensajería dirigido a:

Administración de Contabilidad y Glosa ?4?,  Administración Central de Contabilidad y Glosa, Administración General de Aduanas,  Av. Hidalgo 77, módulo IV, primer piso, Col. Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F. 

No obstante que tratándose del régimen de depósito fiscal, se aplicará la disposición hasta el 30 de mayo de este año, el trámite podrá efectuarse a partir del 30 de abril (regla 2.2.1 y artículo único transitorio de las RCGCE 2009).