A trav?de su p?na de Internet, la Administraci?eneral de Aduanas informa a los contribuyentes que ya pueden realizar en el sistema sus propios movimientos de registro, adici? revocaci?e encargos conferidos a los agentes aduanales.
Antes de realizar el tr?te considere que:
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debe contar con FIEL
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debe encontrarse registrado y activo en el Padr?e Importadores
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debe corroborar en el Sistema de Operaci?ntegral Aduanera SOIA, el n?o de patentes que tiene activas. Recuerde: el n?o m?mo permitido para personas f?cas es de 10, y para personas morales de 30
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de contar con encargos a agentes aduanales de los cuales ya no requiera su servicio; revoque el encargo
¿Qui?s pueden registrar m?de 30 patentes de agente aduanal?
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las dependencias del Ejecutivo Federal, los Poderes Legislativo, Judicial y las entidades que integran la Administraci??ca Paraestatal de la Federaci?Estados y Municipios
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los organismos p?cos aut?os
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quienes utilicen el procedimiento de revisi?e origen conforme a lo establecido en el art?lo 98 de la Ley
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empresas certificadas
Para realizar sus movimientos, deber?tilizar el formato electr?o: