El pasado 26 de abril, la Cámara de Senadores aprobó el proyecto de Decreto que reforma al Anexo 401 ? Reglas de Origen Específicas? del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, el cual presenta la adecuación de las disposiciones en materia de reglas de origen que deberán cumplir los siguientes bienes originarios, para gozar de las preferencias arancelarias previstas en dicho Tratado:
- cacao y sus preparaciones (preparaciones en bloques y tabletas o barras de chocolate sin rellenar),
- jugo de arándano,
- minerales metalíferos, escorias y cenizas (metales en estado nativo, arenas y ceniza),
- pieles y cueros (pieles de reptiles y de otros animales tales como el reno, alce, gacela, gamuza, etc.),
- corcho y sus manufacturas (bloques, hojas, placas y tiras de corcho),
- tejidos de hilados de filamentos de rayón viscosa,
- toallas sanitarias y tampones,
- hilados entorchados de nailon,
- artículos elaborados con plumas o plumón (plumas montadas para utilizarlas en sombrerería, plumeros, penachos, cuellos, esclavinas, ?boas?, abrigos y demás prendas y partes de prendas de plumas o de plumón, abanicos formados con plumas, etc.),
- vidrio y sus manufacturas (bolas de vidrio que pueden servir principalmente como primera materia para la fabricación de fibra de vidrio o para la preparación de planchas para la impresión offset y tubos de vidrio),
- cobre (láminas de cobre puro ?cátodos?, piezas de cobre ?ánodos?, aleaciones y cobre refinado),
- plomo; cinc y sus manufacturas; estaño y los demás metales comunes (manufacturas tales como alambre, varillas, productos planos ?planchas, hojas y tiras? y productos laminados ?perfiles?),
- aparatos receptores de televisión (nuevas tecnologías basadas en el procesamiento digital de luz y panel de plasma), y
- controles (instrumentos y aparatos para la regulación de fluidos gaseosos o líquidos, reguladores automáticos de magnitudes eléctricas, reguladores o controladores de nivel y reguladores de humedad tales como: manostatos utilizados para el mando de motobombas o motocompresores que alimentan depósitos a presión; humidostatos, utilizados para el control o la regulación de la húmedad en el interior de recintos ?estufas, hornos, talleres, almacenes; etc.?).
Las adecuaciones al Anexo entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Cabe señalar que al cierre de la presente edición aún no se había publicado.