Regularización de mercancías importadas

Regularización de mercancías importadas

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 .  (Foto: IDC online)

Quienes tengan mercancías importadas temporalmente cuyo plazo de permanencia en el país esté vencido, podrán retornarlas virtualmente vía importación definitiva en cualquier tiempo.

Para ello y de conformidad con la regla 1.5.2. de las RCGCE 2006, deberá presentarse ante la aduana sólo el pedimento de importación definitiva, debiéndose anexar el pedimento o documento aduanero, factura o demás documentación que ampare la importación temporal de la mercancía; efectuar el pago (con actualizaciones y recargos) del impuesto general de importación, de las demás contribuciones que correspondan, cuotas compensatorias en su caso y multas aplicables.

Así como presentar los documentos comprobatorios del cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias, según se trate.