¿Cumplió con las exportaciones IMMEX?

No existe fundamento para suspender el IMMEX por sólo cumplir con el porcentaje o con el monto de exportación, ambos no son necesarios

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 .  (Foto: IDC online)

No sólo es causal de suspensión del programa IMMEX para sus titulares, omitir presentar ante la Secretaría de Economía (SE) el reporte anual de operaciones de comercio exterior IMMEX 2007 (cuya fecha límite fue el 31 de mayo de 2008), sino también incumplir los compromisos de exportación de:

  • realizar anualmente ventas al exterior por un valor superior a 500,000; o bien
  • facturar exportaciones, de por lo menos del 10% de su facturación total

Ello no es novedad, lo sorprendente es que en la reciente presentación de los reportes 2006 (efectuada el pasado mes de abril) por un error del sistema electrónico de esa dependencia, se suspendió a quienes no lograron el 10% de la citada facturación, aun cuando sí cumplieron con el monto de los 500,000 dólares de exportación, lo cual resultó una verdadera arbitrariedad, y lo peor del caso fue que al aclararlo ante la autoridad, ésta señaló que debían cumplirse ambos supuestos (monto y porcentajes de exportación).

Para evitar futuras confusiones, se recuerda que no existe fundamento legal que así lo exija, toda vez que el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, establece como obligación cumplir sólo con alguno de ellos ?artículos 11, fracción I, inciso f); 24, fracción I y 27, fracciones I y II?.