Las operaciones de comercio exterior por las cuales se permite el despacho con la presentaci?el pedimento y de la Parte II por las mercanc? transportadas y presentadas ante la aduana en m?de dos veh?los, son:
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las realizadas por:
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ferrocarril
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industria automotriz terminal o manufacturera
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animales vivos
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m?inas desmontadas o sin montar todav? l?as de producci?ompletas o construcciones prefabricadas desensambladas
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mercanc? a granel de la misma especie
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l?nas y tubo met?cas y alambre en rollo
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mercanc? de la misma calidad, y en su caso marca y modelo, que sean clasificadas en la misma fracci?rancelaria
Cabe recordar que el pedimento debe presentarse al momento del despacho de las mercanc? contenidas en el primer veh?lo que las transporte, y por los dem?embarques inclusive por el primero, deber?xhibirse la Parte II del pedimento debidamente formulada para su presentaci?n la aduana.
Por la presentaci?e esos pedimentos se pagar?n DTA de $202.00 (regla 2.6.8 de las Reglas de Car?er General en Materia de Comercio Exterior para 2008 y art?lo 49, fracci?II de la Ley Federal de Derechos).