Como parte del Plan Emergente Alimentario, se publicó el 27 de mayo de 2008 el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, donde se eliminan los aranceles de importación a los productos de la industria alimentaria, excepto para la leche (sólo disminuyó un 50%), con el objeto de prevenir impactos negativos en la canasta básica de la población, derivados del incremento de los precios a nivel mundial.
Asimismo, se adiciona un nuevo Programa de Promoción Sectorial para la industria de fertilizantes, mediante el cual el sector agrícola podrá abastecerse de insumos, exentos del pago del arancel, no fabricados en el país a precios internacionales y elaborar los fertilizantes a base de sulfato a precios competitivos.
Específicamente los bienes a quienes les aplicará los beneficios arancelarios son:
Productos alimentarios exentos de arancel | |
Fracción arancelaria | DESCRIPCIÓN |
1001.90.01 | Trigo común (Triticum aestivum o ?trigo duro?), cuando la operación se realice de marzo a septiembre |
1005.90.03 | Maíz amarillo |
1005.90.04 | Maíz blanco (harinero) |
1005.90.99 | Los demás |
1006.10.01 | Arroz con cáscara (arroz ?paddy?) |
1006.20.01 | Arroz descascarillado (arroz cargo o arroz pardo) |
1006.30.01 | Denominado grano largo (relación 3:1, o mayor, entre el largo y la anchura del grano) |
1006.30.99 | Los demás |
1007.00.02 | Cuando la importación se realice entre el 16 de mayo y 15 de diciembre |
2304.00.01 | Tortas y demás residuos sólidos de la extracción del aceite de soja (soya), incluso molidos o en ?pellets? |
3102.30.99 | Los demás |
lácteos con arancel del 63% | |
0402.10.01 y 0402.21.01 | Leche en polvo o en pastillas |
fertilizantes exentos de arancel | |
2503.00.01, 2503.00.99, 2804.40.01, 2807.00.01, 2808.00.01, 2809.20.01, 2811.21.01 y 2811.21.02 |
La Secretaría de Economía continuará con el monitoreo estadístico de las importaciones de los productos alimentarios para evaluar su impacto en la economía nacional y revisará, en coordinación con las dependencias competentes, los resultados de las medidas, para proponer los niveles arancelarios acordes a la situación económica del país.