En el traslado de las mercancías, materias primas y productos agropecuarios nacionales producidas en la franja o región fronteriza, que por su naturaleza sean confundibles con bienes de procedencia extranjera, se requerirá acreditar ante la aduana o punto de revisión por donde se pretendan internar al resto de territorio nacional que las mismas fueron producidas en dicha región o zona.
Para ello, los interesados deberán presentar promoción por escrito, que contenga la siguiente información:
- las mercancías de que se trate,
- nombre, domicilio y RFC del promovente,
- descripción detallada de las mercancías, cantidad, peso y volumen, y
- destino.
Asimismo, deberá anexarse el documento original comprobatorio de que dichas mercancías fueron producidas en la franja o región fronteriza, el cual puede ser:
- constancia de origen de productos agropecuarios, en el caso particular de estos productos,
- documento de origen de productos minerales extraídos industrializados o manufacturados, y
- factura o documento de venta, o en su caso, el aviso de arribo, cosecha o recolección, tratándose de fauna o especies marítimas capturadas en aguas adyacentes a la franja o región fronteriza, o fuera de éstas por embarcaciones de bandera mexicana.
Es oportuno que, los interesados antes de presentarla revisen que las mercancías concuerden con las descritas en la propia promoción y el documento respectivo, a efecto de evitar contratiempos cuando éstas sean revisadas por el personal de la aduana o punto de revisión.
Durante el transporte de la franja o región fronteriza de dichas mercancías al resto del país, se deberá acompañar la factura, nota de remisión, de envió, de embarque o despacho, además de la carta de porte.
En el caso de los bienes agropecuarios deberá acompañarse la constancia de origen; tratándose de minerales extraídos, industrializados o manufacturados el documento de origen de productos minerales extraídos industrializados o manufacturados.