Importación de accesorios

Importación de accesorios

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 .  (Foto: IDC online)

Los accesorios, refacciones o herramientas incluidos en determinadas mercancías (por ejemplo las llaves, tornillos o instructivos que se incluyen en los equipos de ejercicio físico), clasificadas arancelariamente como parte de las mercancías a importar, gozan de trato arancelario preferencial que los Tratados de Libre Comercio otorgan a dichas mercancías, cuando se presenten conjuntamente para su despacho, y que por su valor y cantidad sean las usualmente entregadas como parte de las mismas (Regla 2.6.7., de RCGCE).

Para aplicar la preferencia arancelaria, el certificado de origen que ampare las mercancías será válido también para dichos accesorios, refacciones o herramientas, cuando estos últimos no sean facturados por separado de las citadas mercancías, aun cuando se encuentren detallados.