Inicio de juicios

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 .  (Foto: IDC online)

En nuestro sistema de consultoría se han realizado en últimas fechas consultas sobre si el ejercicio de medios de defensa ?en específico de juicios de nulidad? es causal de cancelación de la inscripción al Padrón de Importadores, esto en razón de que las autoridades aduaneras han cancelado algunos registros de contribuyentes que interpusieron algún medio de defensa.

Al respecto, no existe disposición alguna que señale como causal de cancelación del mencionado registro, la interposición de un recurso legal, ya que implicaría vulnerar las garantías individuales, y estaríamos en presencia de actos de autoridad ajenos a derecho, por lo cual se recomienda revisar si no se incurrió en alguna de las causales de cancelación del Padrón, señaladas en el artículo 78 del Reglamento de la Ley Aduanera, tales como, haber:

  • presentado irregularidades o inconsistencias en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC),
  • desaparecido del RFC, al fusionarse o escindirse,
  • cambiado de denominación o razón social y no actualizar su situación en el Padrón de importadores, o
  • por resolución firme, haber cometido cualquiera de las infracciones relacionadas con la importación o exportación de mercancías, previstas en los artículos 176, 177 y 179 de la Ley Aduanera.

De no estar en alguno de los supuestos que hubieran dado origen a la cancelación del Padrón, entonces se deberán tomar las medidas necesarias para hacer las aclaraciones pertinentes o en su caso, inconformarse ante las autoridades fiscales.