Derechos antidumping en tubería

Derechos antidumping en tubería

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 .  (Foto: IDC online)

La OMC emitió el pasado 20 de junio el informe definitivo del panel arbitral (Grupo Especial), mediante el cual declara ilegales los derechos antidumping y la legislación estadounidense sobre tubería de perforación petrolera procedente de México.

Cabe recordar que México impugnó los exámenes quinquenales del Departamento de Comercio y la Comisión Internacional de Comercio de Estados Unidos, por los cuales se determinó que era necesario continuar aplicando las medidas antidumping  ?las empresas mexicanas sujetas a estos exámenes son TAMSA e HYLSA?.

Conforme al Acuerdo Antidumping un país debe eliminar un derecho antidumping después de cinco años, a menos que, con base un examen quinquenal, se determine la necesidad de continuar aplicando las medidas.

México no sólo impugnó ese examen quinquenal en particular, sino la legislación estadounidense que rige la forma en la cual los Estados Unidos de América (EUA) llevan a cabo dichas investigaciones.

El panel arbitral de la OMC dio la razón a México, en particular, determinó que el examen del Departamento de Comercio se había realizado en violación al Acuerdo Antidumping de la OMC y también constató que la legislación utilizada para llevar a cabo este tipo de exámenes (Sunset Policy Bulletin o Boletín de Políticas de Extinción) son contrarias a las reglas de la organización, pues presumen que el dumping continuará, salvo prueba en contrario; en la práctica dicho país jamás había aceptado pruebas en contrario.

La impugnación de la legislación, no sólo tendrá un impacto importante en la medida antidumping al caso México, sino sobre las más de 200 resoluciones emitidas por el Departamento de Comercio con base en dicha legislación desde 1995.
Asimismo, se informó que la SE continúa revisando el informe y definirá la estrategia a seguir, dependiendo del resultado de este trabajo y de las posibles reacciones del gobierno estadounidense.

Conforme a las reglas de la OMC, a partir de dicha fecha, ambas partes tienen 60 días para apelar el informe ante el Órgano de Apelación de la OMC.

Esta decisión es claramente favorable para México y sienta un precedente importante en la manera de interpretar el Acuerdo Antidumping, por lo cual se continuarán utilizando todas las instancias legales hasta conseguir que los EUA dejen de aplicar medidas antidumping de manera ilegal a las empresas mexicanas involucradas.

Una vez que concluya el procedimiento y se confirme esta decisión, los EUA deberán eliminar los derechos antidumping impuestos a México, situación que ha provocado una caída del 80% de las exportaciones a esa nación y además, deberá modificar su legislación para las investigaciones futuras.