Estado del padrón de importadores

Estado del padrón de importadores

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 .  (Foto: IDC online)

La regla 2.2.1. (rubro A, numeral 3) de las Reglas de Carácter General en materia de Comercio Exterior para 2005 (RCGCE 2005) dispone que la Administración General de Aduanas emitirá el dictamen correspondiente a la solicitud de inscripción al Padrón de Importadores, dentro de los 11 días hábiles siguientes, contados a partir de la presentación de la solicitud debidamente requisitada, y en el caso de que se hubiere enviado la guía prepagada para el envío de la respuesta, se remitirá ésta al interesado a través del servicio de mensajería al domicilio fiscal.

Transcurrido el plazo sin que se emita el dictamen referido, se considerará que ha quedado inscrito en el Padrón de Importadores (positiva ficta), pudiendo consultar dicha circunstancia en la página de Internet www.aduanas.gob.mx; y transcurridos 10 días adicionales al plazo señalado, sin que se hubiere notificado por la autoridad la constancia correspondiente, podrá solicitarla mediante escrito libre.

No obstante, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pone a disposición de los contribuyentes los siguientes servicios de consulta, donde se podrá conocer el seguimiento de la solicitud de inscripción, resultados del dictamen, o las causas de rechazo de su solicitud:

  • atención telefónica en la Administración del Padrón de Importadores a los teléfonos 91-58-28-28 con 10 líneas directas de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas,
  • ventanilla de información de Padrón de Importadores, sita en Avenida Hidalgo No. 77, Módulo IV, Primer Piso, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F., de lunes a viernes con horario de atención de 9:00 a 14:00 hrs. En este caso, se requerirá que el interesado o en su caso el representante legal, presenten una identificación oficial vigente y el documento que acredite su personalidad; poder notarial, acta constitutiva o carta poder notariada. Estar en posibilidad de proporcionar el nombre, Registro Federal de Contribuyentes y domicilio fiscal del contribuyente,
  • página de Internet www.aduanas.gob.mx, para obtener información general del trámite y consulta de resultados, o
  • correo electrónico: padrondeimportadores@sat.gob.mx.

Dichas opciones de acceso a la información constatan la mejora al servicio en pro del contribuyente, lo cual hacia falta, pues este tipo de trámites realizados ante las autoridades hacendarias, por lo menos hasta el año pasado se tenía incertidumbre del estado de los mismos sobre todo por los largos tiempos de espera de la resolución, al no operar ni positiva ni negativa ficta para su resolución.