Declaración informativa del IVA

Aspectos relevantes de la declaración de informativa de operaciones con terceros de los meses referentes al 2007

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 .  (Foto: IDC online)

Agosto, septiembre, noviembre y enero son las fechas programadas por el Servicio de Administración Tributaria para que las personas morales presenten la Declaración informativa de operaciones con terceros de los meses que conforman 2007. Gran parte de la información ahí solicitada se torna tanto al valor de los actos o actividades pagados en la importación de bienes y servicios de IVA (gravados y exentos) como al IVA pagado en las importaciones de bienes y servicios. Por ello, es importante acotar algunos aspectos inherentes a dichos conceptos.

En primer lugar cabe señalar que quienes importen mercancías bajo el régimen definitivo (introducción de bienes para permanecer en el país por tiempo indefinido), están obligados a pagar el IVA correspondiente, el cual se determinará en el pedimento de importación y pagará en la aduana conjuntamente con las demás contribuciones al comercio exterior (artículo 1o, fracción IV de la Ley del Impuesto al Valor Agregado -IVA-).

Para la determinación del impuesto, se toma como base gravable el valor en aduana de la mercancía (valor comercial de los bienes más los gastos considerados incrementables de acuerdo con los artículos 65 y 66 de la LA), adicionado del importe del impuesto general de importación (IGI) y de otras contribuciones (IESPS, ISAN, en su caso), cuya base es multiplicada por la tasa del IVA (15% ó 10%, según corresponda). Estos conceptos se localizan directamente en el primer cuadrante del pedimento.

En cuanto al IVA pagado en la importación definitiva se deberá obtener del "Cuadro de liquidación" del pedimento.