Etiquetado de origen en español

Se pretende permitir la entrada al país de productos cuyo etiquetado contenga nomenclaturas internacionales sin su traducción al español

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 .  (Foto: IDC online)

A efecto de armonizar la nomenclatura utilizada en el etiquetado de los productos de perfumería y belleza con el ámbito internacional, el Secretario de Salud propuso reformar las disposiciones de control sanitario de productos para establecer que: cuando se trate de productos de importación envasados de origen, la información que contengan las etiquetas deberá aparecer escrita en idioma español, previamente a su comercialización, en los términos de la norma correspondiente, salvo que ésta permita el uso de nomenclaturas internacionales sin su correspondiente traducción.

Para el caso de ingredientes que originen riesgos a la salud, la Norma Oficial Mexicana correspondiente, indicará las leyendas precautorias y tamaños que deberán emplearse, las que incluirán invariablemente el nombre del ingrediente en idioma español (Decreto que reforma y adiciona el artículo 25 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, cuyo anteproyecto se encuentra en la COFEMER).

El actual artículo prevé que sólo se permitirá la entrada al país de aquellos bienes cuyo etiquetado esté en idioma español; empero, existe la Nomenclatura Internacional para Ingredientes Cosméticos ?Nomenclatura INCI?, que permite designar de una forma única, y simplificar el rotulado de los ingredientes con un sistema para todos los países sin distinción de idioma.

La nomenclatura INCI fue desarrollada y adoptada para dar un sistema de etiquetado uniforme e internacional que garantice que un producto cosmético determinado es elaborado con ingredientes o insumos contenidos en la lista de aquéllos conocidos y utilizados internacionalmente. Entre los países que la manejan y reconocen están: Alemania, Algeria, Arabia Saudita, Argentina, Australia, Austria, Paraguay, Perú, Rusia, Francia, España, Estados Unidos, Reino Unido, Turquía, Unión Europea, Dinamarca, Polonia.

Los únicos países que exigen la traducción al idioma propio son Corea y México; por ello, la propuesta de cambio a la normatividad mexicana admitirá el uso de nomenclaturas internacionales sin su traducción al español, y por ende se eliminaría una barrera no arancelaria en la importación de esos bienes.