Pedimentos de importación o exportación

Consideraciones para obtener ante las autoridades aduaneras, copia certificada de los pedimentos que amparan la legal estancia en el país de mercancías extranjeras o la salida de las nacionales

.
 .  (Foto: IDC online)
Cuando las empresas realizan la compulsa de los documentos que amparan sus operaciones de comercio exterior, por múltiples causas (robo, extravío, etc.) se llegan a detectar faltantes de pedimentos de importación o exportación de las mercancías, los cuales se sugiere recuperar y no confiarse en que las mercancías ya están dentro del país o fuera, pues de ser sujeto a una revisión por parte de las autoridades aduaneras no podría acreditarse su legal estancia, además de que no se podrán integrar cabalmente los expedientes de comercio exterior.

Ante la imposibilidad de recuperar la copia del pedimento destinada al importador o exportador, se recomienda obtener una copia certificada de dicho pedimento en términos de la regla 1.8. de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior aplicables para 2005 (RCGCE 2005).

Identificación del pedimento

Para solicitar copia certificada de los pedimentos es necesario contar con los datos referentes a:

Número de pedimento
El número de pedimento es asignado por el agente o apoderado aduanal y está integrado con 15 dígitos, como sigue:

Número de pedimento 06 23 3428 6002851

06 Dos dígitos, del año de validación (año 2006) 
23 Dos dígitos, de la aduana de despacho (23 Nogales, Son. y Aeropuerto Internacional "Nogales", Nogales, Sonora –Apéndice 1 del Anexo 22 de las RCGCE 2005–
3428 Cuatro dígitos, del número de patente o autorización del agente aduanal o apoderado aduanal, respectivamente
6 Último dígito del año en curso1
002851   Seis dígitos, los cuales serán numeración progresiva por aduana en la que se encuentren autorizados para el despacho, asignada por cada agente, apoderado aduanal o de almacén, referido a todos los tipos de pedimento
1 Salvo que se trate de un pedimento consolidado iniciado en el año inmediato anterior o del pedimento original de una rectificación

Aduana de ingreso o salida de la mercancía
Los datos correspondientes a la aduana podrán localizarse en el Apéndice 1 del Anexo 22 de las RCGCE 2005, para lo cual es importante revisar la carta de instrucciones dadas al agente aduanal, a efecto de identificar cual fue la aduana por la que se solicitó el despacho de la mercancía.

Fecha de pago
La fecha de pago de las contribuciones y cuotas compensatorias es la correspondiente al sello del módulo bancario de la aduana, el cual es colocado en el campo correspondiente a las certificaciones.

¿Qué hacer ante el desconocimiento de los datos del pedimento
De no tener registrada dicha información en documentos alternos (facturas, registros, etc.), se podrá acudir al agente aduanal que realizó el despacho aduanero de sus mercancías, a fin de solicitarle una copia, pues está obligado a conservarla por un plazo de cinco años conforme a las disposiciones aduaneras, y en caso de fallecimiento o suspensión, dichos archivos pasan a resguardo de la Administración General de Aduanas.

Solicitud de las copias certificadas

Una vez obtenidos los datos de identificación del pedimento, se destacan los principales aspectos del procedimiento administrativo a seguir, para la obtención de una copia certificada.

En la empresa, ¿quiénes pueden presentar la solicitud
La solicitud de copias certificadas de los pedimentos y sus anexos puede presentarla el interesado o su representante legal.

¿Cuál es el formato oficial utilizado para solicitar las copias certificadas
La solicitud se presenta en el formato oficial denominado “Solicitud de Expedición de Copias Certificadas de Pedimentos y sus Anexos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación –DOF– el 8 de agosto de 2005.

¿Cuál es la documentación que debe anexarse a la solicitud
A la solicitud de expedición de dichas copias deberá acompañarse la siguiente documentación, según se trate de la personalidad jurídica del solicitante:

Ver documentación que debe anexarse :  

Persona Documentos a adjuntar al trámite 
Física
  • Documento que acredite la propiedad de la mercancía, únicamente se acepta copia de:
    • pedimento a su nombre,
    • la factura a su nombre o endosada, o
    • título de propiedad con las cesiones de derechos correspondientes,
  • copia de identificación oficial vigente1, y
  • original del pago de derechos (forma oficial No 5, "Declaración General de Pago de Derechos" o comprobante del pago electrónico generado por el sistema e-cinco implementado por el SAT)
Moral 
  • copia del Poder Notarial del Representante Legal,
  • copia de identificación oficial vigente del Representante Legal1, y
  • original del pago de derechos (forma oficial No 5, "Declaración General de Pago de Derechos" o comprobante del pago electrónico generado por el sistema e-cinco implementado por el SAT)
  • 1 Credencial para botar con fotografía; Cartilla del Servicio Militar Nacional; Pasaporte; Forma Migratoria con fotografía; Cédula Profesional; Carta de Naturalización o Credencial de Inmigrado

    ¿Cuáles son las formas para presentar la solicitud y demás documentación
    La solicitud puede presentarse, según elección del interesado:

    • en forma personal, en la ventanilla de expedición de copias certificadas, o
    • servicio de mensajería.

    ¿Ante que unidad administrativa se presenta la solicitud
    La solicitud debe presentarse ante la:

    Administración Central de Contabilidad y
    Glosa de la Administración General de Aduanas (AGA)
    Av. Hidalgo No. 77, Módulo IV, Piso 1
    Colonia Guerrero,
    Delegación Cuauhtémoc,
    C.P. 06300, México, Distrito Federal.

    ¿En qué tiempo resuelven las autoridades la solicitud
    La autoridad emitirá la resolución correspondiente en un plazo no mayor a tres meses, contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud.

    ¿Qué pasa si la autoridad no responde en el plazo establecido
    Transcurrido dicho plazo sin que las autoridades notifiquen la resolución correspondiente, se entenderá que la resolución es negativa (negativa ficta).

    De requerirse información adicional o cumplimiento de requisitos omitidos, ¿a partir de cuando se computará el plazo de resolución
    Cuando se requiera al interesado el cumplimiento de requisitos omitidos, o bien, proporcione los elementos necesarios para resolver, el plazo se computará a partir de la fecha del cumplimiento de éstos.

    ¿Débe cubrirse algún monto por concepto de pago de derechos por dicho trámite
    Sí, el monto de los derechos por la expedición de cada copia certificada de pedimentos es de $11.00 (artículo 5o de la Ley Federal de Derechos).

    ¿Dónde pueden realizarse consultas del trámite
    Las aclaraciones, consultas, envío de documentación o quejas, podrán efectuarse a través de cualquiera de los siguientes medios:

    Consultas del trámite : 

    Forma Dirección
    Telefónica (01 55) 91-57-38-98
    De lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas
    Personalizada Av. Hidalgo No. 77, Módulo IV, Piso 1, Colonia Guerrero
    Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, C.P. 06300
    De lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas
    Internet http://www.aduanas.sat.gob.mx 
    Buzón de Correo Electrónico copiascertificadas@sat.gob.mx


    ¿En qué casos no procederán las solicitudes
    La autoridad rechazará la solicitud en el caso de:

    • documentos relativos al extinto Registro Federal de Vehículos, correspondiente a los años 1989 o anteriores,
    • documentos que hubieran causado “baja definitiva” por haber cumplido el tiempo de guarda y custodia por parte de la autoridad aduanera, de conformidad con el “Acuerdo por el que se establecen los lineamientos a que se sujetará la guarda, custodia y plazo de conservación del Archivo Contable Gubernamental”, publicado en el DOF el 25 de agosto de 1998, y
    • pedimentos que no se encuentren registrados en el Sistema Aduanero Automatizado Integral (SAAI) o que existan discrepancias entre la información asentada en el pedimento y la información registrada en el SAAI.

    ¿Qué pasa si no se presenta debidamente requisitada la solicitud o se omite documentación
    Cuando la solicitud no sea presentada debidamente requisitada o se omita alguno de los documentos, la autoridad requerirá mediante escrito el dato o documento omitido, la cual deberá subsanarse mediante escrito libre a la dirección mencionada.

    En dicho caso, el plazo de resolución se computará desde la fecha en que el requerimiento hubiera sido cumplido.

    Para recoger las copias certificadas, ¿debe presentarse alguna documentación
    Sí, sólo cuando la entrega fuere personal se deberá presentar identificación oficial vigente, y en su caso, carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante, aceptante y testigos ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público.

    Envío por mensajería
    Es importante especificar en la solicitud la forma de envío, ya que si es por mensajería y no se hace alusión a ello, se entenderá que la entrega fue de forma personal, y sí una vez transcurridos los tres meses contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud, el interesado no recoge las copias certificadas, serán invalidadas y deberá realizarse nuevamente el trámite.

    Asimismo, debe conservarse la guía de la empresa de mensajería que ampare la solicitud de las copias certificadas, hasta en tanto sean entregadas por las autoridades aduaneras.

    Consideraciones finales

    Resulta importante contar con los pedimentos que amparen la importación o exportación de mercancías, toda vez que la omisión de éstos implica una multa de $2,049.00 a $3,073.00, y además podría presumirse por las autoridades aduaneras que las mercancías sin pedimento se encuentran ilegalmente en el país; y por ende, la omisión de pago de contribuciones, entre otras.