Bienes Prosec ¿a petición?

¿Requiere de bienes extranjeros y no se incluyen en el Decreto Prosec?, solicite su incorporación e impórtelos con IGI menor al general

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 .  (Foto: IDC online)

Aun cuando el Decreto por el que se establecen Programas de Promoción Sectorial (Decreto Prosec), fue creado en 2001 como medida para contrarrestar el impacto de la entrada en vigor del artículo 303 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (pago de un arancel menor a la tasa general en los bienes no originarios de la región), éste ha representado un instrumento que otorga condiciones arancelarias competitivas para abastecerse de insumos y maquinaria extranjeros, dirigido a productores que abastecen tanto el mercado externo como interno.

Los programas Prosec son administrados por la Secretaría de Economía y están dirigidos a las personas morales productoras de determinadas mercancías, mediante los cuales se les permite importar con arancel ad-valorem preferencial (impuesto general de importación) diversos bienes para ser utilizados en la elaboración de productos específicos, independientemente de que las mercancías a producir sean destinadas a la exportación o al mercado nacional (el Decreto actual se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 2 de agosto de 2002, el cual se ha reformado para efectos de actualizar dichas listas).

No obstante que esa dependencia actualiza por fracción arancelaria las listas de los bienes para ser incorporados y utilizados en el proceso productivo de las mercancías y sectores susceptibles de aplicación de la tasa Prosec (tasa arancelarias menores a la general e inclusive a las pactadas en los tratados de libre comercio), suele haber bienes no incluidos en éste y por ende no ser sujetos del beneficio, tal como es el caso siguiente:

 Planteamiento

“Nuevos títulos nipones”. Una empresa de la industria editorial localizada en Guanajuato que pretende importar calcomanías adheribles, procedentes y originarias de Japón, las cuales se incluirán en los libros de historietas infantiles que se destinarán al mercado nacional como centroamericano; empero, resulta muy costoso importarlas por los altos aranceles que se pagan aún con tratado de libre comercio.

De estar incorporadas en el Prosec posiblemente se obtendría un beneficio similar para el que se da a los sectores textil y agrícola que importan etiquetas adheribles, como puede observarse: 

PRODUCTO Y FRACCIÓN ARANCELARIA TASA GENERAL TASA JAPÓN TASA PROSEC
Calcomanías transferibles sin calor, susceptibles de ser usadas en cualquier superficie, excepto lo comprendido en la fracción 4908.90.04 (4908.90.01) 20% 16.1% Ex (sector textil y agrícola)  

Solución

¿Que tendría que hacer dicha empresa para que sus productos fueran integrados en el Prosec?; pues bien, al tratarse de un  bien que va a ser incorporado a un producto que se destinará tanto a mercado nacional como de exportación, y por ende,  objeto del programa Prosec, debe solicitar a la SE la incorporación de dichas mercancías en una próxima actualización del Decreto, para lo cual deberá atender a lo siguiente: 

Requerimiento de la empresa Incluir la fracción arancelaria de las calcomanías adheribles en el sector relacionado con la industria editorial o de industrias diversas, según corresponda
Formato oficial a presentar "Solicitud de modificación al Decreto que establece los Programas de Promoción Sectorial (SE-03-066)", formato oficial publicado en el DOF el 1o de octubre de 2003, del cual para efectos prácticos sólo se presenta la carátula en la página 10
Documentación anexa a la solictud Catálogos o características técnicas del  producto fabricado (libros a adicionar las calcomanías), del insumo (calcomanías) y descripción del proceso productivo del producto (forma en que serán presentadas las calcomanías en los libros)
Dependencia ante quien presentar el trámite La documentación deberá presentarse por cualquiera de los siguientes medios:
  • ventanilla de atención al público de la  Comisión de Comercio Exterior “COCEX” (ubicada en Insurgentes Sur 1940 PB, Col. Florida, Delegación Álvaro Obregón, México, D.F., C.P.01030)
  • Delegaciones o subdelegaciones de la SE de lunes a viernes de 9:00 a las 14:00 horas
  • correo electrónico a la dirección gaulo@economia.gob.mx
  • correo o mensajería a la dirección: Insurgentes Sur 1940 Piso 12, Dirección de Nomenclatura, Col. Florida, Delegación Álvaro Obregón, México, D.F., C.P. 01030
Plazo de respuesta La autoridad resolverá las solicitudes en un plazo de tres meses; en caso contrario, se entenderá que fue resuelta en sentido negativo (negativa ficta). De requerirse mayor información de la solicitud, la autoridad hará la prevención en un plazo de 30 días naturales

Hasta cuando podrá solicitarse los beneficios Prosec

La autorización para operar al amparo del Prosec podrá presentarse hasta que sea publicada en el DOF la reforma al Prosec, en la cual se incluya tanto las fracciones arancelarias de las calcomanías (producto) como del producto a fabricar (libros que contendrán éstas) y el sector al que pertenece la misma

Comentario final

Aun cuando pareciera un trámite largo, tener que esperar tres meses para que la autoridad resuelva si las calcomanías son objeto de incorporación y otros meses más para que se publique en el DOF la reforma que las incluya, vale la pena hacer la petición, pues de proceder tanto “Nuevos títulos nipones” como otras empresas del ramo se verán beneficiadas al contar con proveeduría importada en condiciones arancelarias competitivas para abastecer los mercados metas.