Recupere su cuenta aduanera perdida

Exportó activo fijo que había importado con cuenta aduanera y olvido solicitar sus depósitos con rendimientos, pídaselos a la TESOFE

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 .  (Foto: IDC online)

Importar activo fijo vía cuenta aduanera, es decir pagando las contribuciones al comercio exterior, impuesto al valor agregado y cuotas compensatorias, es una alternativa benéfica que permite tener dicho activo por 12 meses, prorrogables por dos años más, y recuperar los montos con los rendimientos correspondientes cuando se exporte antes del vencimiento del respectivo plazo.

Desafortunadamente los contribuyentes suelen olvidar que para recuperar los depósitos en cuenta aduanera y sus rendimientos, deben solicitarlos antes del vencimiento a la institución bancaria (Bancomer, Banamex o HSBC) o casa de bolsa (Bursamex, Operadora de Bolsa o Vector Casa de Bolsa) donde los depositaron.

De no hacerlo en el plazo los depósitos y sus rendimientos se envían a la Tesorería de la Federación -TESOFE- (artículo 86 de la Ley Aduanera y reglas 1.4.3., 1.4.4. y 1.4.13. de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2008).

Lo anterior no convierte a estos montos en irrecuperables, sólo que se tendrá que realizar el siguiente procedimiento para conseguirlo. El procedimiento no se encuentra previsto en la legislación aduanera sino en documentación interna del SAT, a saber:

  • número de pedimento
  • fecha de pago del pedimento de importación
  • nombre de la aduana donde se realizó la importación
  • nombre de la institución de crédito emisora de la constancia de depósito en cuenta aduanera
  • fecha, importe y número de folio de la constancia de depósito en cuenta aduanera
  • fecha de:
    • aviso de prórroga a la institución de crédito, en su caso
    • transferencia a la TESOFE, este dato se deberá obtener previamente de la institución de crédito
    • de apertura de la cuenta bancaria (cuenta de cheques)
  • número de cuenta de cheques para el depósito del importe de la devolución
  • CLABE Bancaria a 18 dígitos
  • Declaración para movimiento en cuenta aduanera con su importe a transferir a la TESOFE
  • leyenda responsiva con el texto siguiente: "En el supuesto que resultaran improcedentes las cantidades devueltas por la TESOFE, como resultado de alguna revisión practicada con fecha posterior por la autoridad competente; el contribuyente consiente expresamente en asumir toda la responsabilidad."
  • dirección de correo electrónico y número telefónico incluyendo Lada
  • los demás que relacionados con el trámite

ANEXAR DOCUMENTACIÓN

Es importante recopilar la siguiente documentación misma que deberá anexarse a la solicitud:

  • pedimentos de:
    • importación
    • exportación
  • copia del aviso de prórroga, en su caso
  • constancia de depósito en cuenta aduanera
  • aviso de transferencia a la TESOFE (emitido por el banco)
  • estado de cuenta de cheques que contenga: nombre, domicilio, RFC número de cuenta, CLABE, sucursal y plaza
  • acta constitutiva y poder notarial que acredite la personalidad jurídica del representante legal
  • identificación oficial (IFE; pasaporte, cartilla)
  • declaración para movimiento en cuenta aduanera con su importe a transferir a la TESOFE
  • contrato de la cuenta de cheques en la que se aprecie la fecha de apertura

PRESENTAR LA SOLICITUD

La solicitud podrá presentarse por el interesado o por su representante legal a través de correo certificado o empresa de mensajería, según se opte, a la:

  • Administración Central de Contabilidad y Glosa (Avenida Hidalgo No. 77, Módulo IV, 1er piso, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300. México, D.F.)
  • Administración General de Servicios al Contribuyente (Idem dirección)
  • Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente de la circunscripción territorial del importador

Aun cuando la promoción podrá presentarse en cualquiera de las anteriores Administraciones, deberá dirigirse a la Administración Central de Contabilidad y Glosa.

ESPERAR LA RESPUESTA

Una vez enviada la solicitud, la Administración Central de Contabilidad y Glosa analizará la información presentada y de encontrar procedente la solicitud continuará el trámite con la Administración General de Auditoría Fiscal Federal y la TESOFE, en un plazo que no exceda de 20 días hábiles.

Es importante tomar en cuenta que para este trámite no se tiene considerado ni positiva ni negativa ficta, lo cual es incorrecto toda vez que conforme al artículo 8o constitucional debe de haber una respuesta a la solicitud sea cual fuere su alcance (?.A toda petición debe recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, y ésta tiene obligación de hacer conocer el resultado al peticionario).

El monto de las contribuciones y en su caso las cuotas compensatorias, así como los rendimientos generados serán depositados en la cuenta del importador. 

Recomendación final

Dentro del archivo de las operaciones de comercio exterior se deberá llevar una carpeta especial para las importaciones definitivas con pago de contribuciones y cuotas compensatorias vía cuenta aduanera, la cual concentre por activo fijo la documentación correspondiente a la importación, exportación, declaración para movimiento en cuenta aduanera, apertura de cuenta, y fechas de vencimiento, etc.; ello para evitar que dichas operaciones queden en el olvido, ya que si bien no tienen alguna implicación aduanera por estar perfeccionada la importación y exportación definitivas, se corre el riesgo de perder por completo las contribuciones depositadas, si el trámite no se realiza en un plazo de dos años (tiempo que permanecerán resguardados conforme el artículo 36 de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación).